El fiscal Erico Ávalos anunció que hoy, o a más tardar mañana, va a imputar a los responsables de la empresa Reljuv, de la estancia Paraíso Verde, por daños ambientales en lo que refiere a la Isla Susú de Caazapá.
El recinto fue allanado por el el fiscal Ávalos en compañía de funcionarios del MADES. La estancia Paraíso Verde pertenece a la empresa privada Reljuv, de la cual es dueño Erwin Annau y que tiene como presidente a Juan Joaquín Bucke.
En su historial, la firma ya cuenta con una sanción penal por un hecho similar constatado en el 2018 lo que agrava la situación de los implicados en el caso.
«Hemos allanado ese local en conjunto con funcionarios del Ministerio del Ambiente y la dirección del medioambiente del Ministerio Público para verificar los trabajos que se estaban haciendo ahí. En ese momento hemos constatados indicios de hechos punibles en contra del medioambiente. En la fecha vamos a presentar la imputación correspondiente», expresó Ávalos.
En cuanto al descubrimiento del caso, el fiscal dijo: «Nosotros hemos constatado ese trabajo de canalización y en ese mismo instante nosotros le ordenamos que vuelvan a cerrar y le dimos un plazo de 24 horas para que vuelvan a cerrar ese canal que llega hasta un cauce hídrico que es el río Pirapo».
«Se ha rellenado totalmente otra vez con maquinaria pesada, pero eso no opta que se haya cometido el hecho punible», añadió.
Ávalos se refirió a las leyes que se infringieron en el caso y mencionó: «Los tipos penales que estamos analizando son el artículo 4 de la Ley 716/96, el artículo 5 inciso E de la misma Ley que habla del incumplimiento de medidas de mitigación, como también el artículo 200 del Código Penal (Perjuicios de Reservas Naturales)».
Respecto a los elementos que se requieren para que el Ministerio Público haga efectiva la imputación a los responsables, el mismo aseveró: «No falta nada. Solamente faltaba ver el grado de responsabilidad de los implicados. Tenemos ya los elementos para imputar».
Isla Susú es una zona de reserva que abarcan los distritos de Caazapá, Maciel, Moisés Bertoni y Fulgencio Yegros y constituye habitad natural de animales en vía de extinción tales como el ciervo de los pantanos y el aguara guazú.
El recinto fue declarado como área silvestre protegida bajo dominio público con la categoría de Manejo Monumental Natural por la Ley Nº 4002.
Ley 716/96:
Artículo 4°.- Serán sancionados con penitenciaría de tres a ocho años y multa de 500 (quinientos) a 2.000 (dos mil) jornales mínimos legales para actividades diversas no especificada.
Artículo 5°.- Serán sancionados con penitenciaría de uno a cinco años y multa de 500 (quinientos) a 1.500 (mil quinientos) jornales mínimos legales para actividades diversas no especificadas:
e) Los que eludan las obligaciones legales referentes a medidas de mitigación de impacto ambiental o ejecuten deficientemente las mismas.
Código Penal
El Código Penal en su artículo 200 habla del «Procesamiento ilícito de desechos» y de la «Pena privativa de libertad de hasta cinco años o con multa».