En la sesión ordinaria del 2 de diciembre del corriente año, la Corte Suprema de Justica aprobó la acordada por el cual se establecen cuáles son los cargos de confianza en el Poder Judicial.
El proyecto había sido presentado por los ministros Eugenio Jiménez Rolón y Manuel Dejesús Ramírez Candia donde este último enfatizó en el punto referido a la inclusión dentro de los cargos de confianza a los administradores de circunscripción del interior del país.
El doctor Ramirez Candia dejó constancia de su disidencia en el pumto que dice que la acordada rige a partir de ahora y que no afecta a los funcionarios que actialmente ocupan los cargos de confianza. Enfatizo que para el, los cargos ocupados sin concurso son nulos. Tambien hicieron constar su disidencia los Ministros Eugenio Jimenez y Cesar Garay.
En tanto, el Ministro Luis Maria Benitez Riera insistió en que no puede tener efecto retroactivo y dijo que se debe transmitir esa tranquilidad a los funcionarios. Recordamos que la esposa de Benítez Riera es Directora de la Dirección de Garantias Constitucionales.
Cerrando el debate dentro de la sesión ordinaria sobre estos puntos, la Corte acordó declarar como cargos de confianza los siguientes: Secretario general; secretario del Consejo de Superintendencia; secretarios judiciales de las salas de la Corte Suprema de Justicia; superintendente general de justicia; directores generales; directores de área y de departamento; y, finalmente, administradores de circunscripciones judiciales.
Además la presente acordada indicia que quienes fuesen designados en los cargos precitados, a decir del presidente la Corte Suprema y de acuerdo al proyecto aprobado, estos no adquieren definitivamente el derecho al cargo. Por tanto, los mismos ocuparán el cargo por disposición de la autoridad que los designe o por el término de la funciones quienes los designen.