El Juez Penal de Garantías, Gustavo Amarilla, declaró la prescripción de los hechos punibles de Frustración de la Persecución y Ejecución Penal, además, la prescripción de los hechos que involucra a jóvenes dirigentes del PLRA por la supuesta Alteración de Datos informáticos.
En el caso están procesados el hijo de del actual presidente del partido Liberal, Efraín Alegre, Stiben Patrón y otros dirigentes juveniles del PLRA. Con esto se resolvió además levantar las medidas cautelares que fueron dictadas en el caso y que pesaban sobre los involucrados.
«Para el análisis de la prescripción de la acción penal, necesariamente por Imperio del art. 102 del Código Penal, y modificado por la Ley 3440/08, en materia de plazos, debemos de tener en cuenta que los hechos punibles prescriben a los tres años, cuando el límite máximo del marco penal previsto sea la pena privativa de libertad de hasta tres años o multa, y para ello se tiene que tener en cuenta que el plazo comienza a correr desde la comisión del hecho o desde el momento en que termine la conducta punible, siempre y cuando no acontezca un resultado posterior que pertenezca al tipo legal» reza el documento de prescripción.
Así también, se menciona que «conforme al relato de los hechos expuestos en la imputacion fiscal, los hechos expuestos en la Imputación Fiscal, la Frustración de la Persecución Penal y la Alteración de Datos ocurrieron como se dijera, el 01 de abril del 2017, sin que se mencione de que haya acontecido posteriores resultados que lleven a otro tiempo para computar el plazo de la prescripción.
Recurriendo a lo previsto en el art. 292 del C.P., tenemos que este hecho punible tiene como sanción máxima la pena privativa de libertad de hasta tres años o multa y por imperio del art. 102 inc. 1ro. numeral 2 del C.P., el hecho punible de la Frustración de la Persecución y Ejecución Penal previsto en el art. 292 del C.P:, y atribuido en grado de autor a los ciudadanos Olga María Paredes Brítez, Ramona Mabel cantero, Fernando Cáceres, Stiben Patrón y efraín Alegre Irún ya se encuentra prescripto teniendo en cuenta que el Ministerio Público procedió a presentar imputación fiscal y con esto ejercer la acción penal pública recién en fecha 19 de agosto del año 2020, estando ya prescripta la acion por haber transcurrido los tres años que tenía para hacerlo».
La defensa de Olga Paredes había solicitado la prescripción de los hechos punibles de frustración a la persecución y ejecución penal. Ramona Mabel Cantero y Fernando Cáceres también fueron imputados por los mismos hechos.
En la causa están involucrados, además, Efraín Alegre hijo y Stiben Patrón además del hecho punible de Alteración de Datos y Sabotaje en el Sistema Informático. En cuanto al hecho punible de Alteración de Datos el Juez Penal de Garantías Gustavo Amarilla resolvió la Prescripción del Hecho Punible y en concecuencia la Extinción de la Accion y por ende el levantamiento de las medidas que pesan con relación a los Imputados.