La Defensora Pública de J. A. Saldivar, Luz Marina Caballero, en comunicación con PDS Radio y TV Digital, explicó lo ocurrido con su defendido en el caso que se lo acusa de haber mantenido relaciones sexuales con una menor de 12 años cuya consecuencia fue el embarazo de la misma.
Caballero recurrió a la figura de Error de Tipo Penal estipulado en el artículo 18 del Código Procesal Penal, alegando que la supuesta víctima había dicho a su cliente que tenía 14 años al momento de ocurrido el hecho. luego de las verificaciones correspondientes, se constató que la misma manifestó al acusado que tenía 14 años y no 12, como se había presentado en la imputación del Ministerio Público, todo esto luego de las declaraciones de la víctima y de su madre, de acuerdo a lo señelado por la Defensora Pública.
El Tribunal de Sentencias de Luque, presidido por la Jueza Lilian Flores e integrado por los miembros Blas Imas y Alicia Orrego, hizo lugar al planteamiento de la Defensa Pública, pero condenó al joven a 180 días de multa por el hecho punible de Estupro. La condena fue conmutada debido a que el mismo ya había guardado prisión preventiva por el tiempo de la pena.
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