La Juez Penal Sandra Farías declaró la Prescripción de la Acción Penal promovida en contra del ex Senador Paraguayo Cubas, en la querella que enfrentaba por Difamación, Calumnia e Injuria que había sido presentada por la ex primera dama Emilia Alfaro. En consecuencia, Cubas queda con sobreseimiento definitivo.
El Tribunal Unipersonal de Sentencia dictó el 18 de diciembre del corriente año, la prescripción de los autos caratulados “PARAGUAYO CUBAS COLOMES s/ DIFAMACION, CALUMNIA E INJURIA” conforme a lo dispuesto en los Artículos 101, 102 y 104 inc. 2° del Código Penal. Con dicha declaración se extingue la causa y se sobresee definitivamente al ex legislador.
La querella fue presentada en el año 2013 y la pena máxima por los delitos mencionados es de 2 años o multa, por lo cual el hecho ya habría prescripto teniendo en cuenta que transcurrieron 7 años, el doble del plazo de la pena. Tenemos que tener en cuenta que el tipo legal de estos hechos punibles contra el Honor y la Reputación establecen solamente es castigado por multa, y si se realizaré ente una multitud la máxima de la sanción es de hasta 2 años de pena privativa de libertad según el Código Penal vigente.
EL CASO. La ex primera dama y ex Senadora, Emilia Alfaro, querelló en el año 2013 a Paraguayo Cubas por haberla tratado de “primera ladrona” y de “huir como rata”. Además, Cubas acusó a Alfaro de interferir en una licitación de la Itaipú Binacional.