El Abogado Manuel Riera, Presidente del Colegio de Abogados del Paraguay, manifestó que es ilegal el proyecto mediante el cual se pretende reglamentar las investigaciones de oficio del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM).
«Si hacen por reglamento, es ilegal. Si mantienen la ley, es inconstitucional. Entonces, lo que tienen que hacer es una modificación de su ley y, eventualmente, esa modificación debe prohibir la oficiosidad porque en términos constitucionales, todas las personas que están siendo enjuiciadas a través del JEM trabajan dentro de un marco de plan horizontal. En síntesis, debe alguien denunciar primero», expresó Riera en contacto con PDS Radio-TV Digital.
Fernando Silva Facetti, presidente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, impulsó el martes un proyecto que reglamenta la apertura de las investigaciones de oficio en el órgano juzgador. El estudio del borrador generó un acalorado debate entre los miembros.
El mismo sostuvo que desde el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados deben respetar la inocencia y evitar caer en el prejuzgamiento: «Se tiene que presumir la inocencia y cuando el Jurado toma oficio, es porque el Jurado mismo ya duda o presume y si el Jurado tiene dudas de que estás haciendo algo mal, andá después convencele de que hiciste algo bien. En principio, toda la oficiosidad en términos de juzgamiento tienen que sacarse de cualquier legislación».
El Letrado fue consultado respecto a si la oficiosidad debería desaparecer en lo que compete a cuando la Corte o la Fiscal General ordena de oficio una investigación a sus subordinados y sostuvo: «No necesariamente en lo que refiere a la fiscalía porque es el órgano acusador por excelencia».
«Yo tengo entendido, y la doctrina local sostiene, que todas las noticias que denuncian o implican algún tipo de presunción sobre alguna mala actuación de alguien, es una Noticia Criminis y es un gatillo para iniciar investigaciones. Es decir, yo no veo con malos ojos que el órgano investigador investigue a partir de una noticia», agregó.
Ante la pregunta del por qué el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados no podría iniciar una investigación partiendo de una publicación en los medios de comunicación, el Abogado Riera respondió: «Porque es un órgano juzgador, no es investigador. En todo caso, la denuncia debe provenir de otros fiscales o autoridades».
«La oficiosidad es darle autoridad de investigador a quien te juzga», sentenció.