El abogado José Almada, representante convencional de la Asociación Espíritu Santo, dijo que no considera justa la resolución del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados que pese a tener pruebas contundentes, solo resolvió apercibir a los camaristas de Alto Paraguay Miriam Giménez, Pablo Monges y Luis César Benítez.
“La resolución en cuanto a estos tres miembros del Tribunal de Apelaciones de Alto Paraguay no consideramos que sea justa, no llena las expectativas de búsqueda de la justicia”, manifestó Almada.
Los miembros del Tribunal de Apelaciones regularon alrededor de USD 1.500.000 en un interdicto de recobrar la posesión de unas 300 hectáreas del total de 37.000. La jueza de primera instancia había determinado los honorarios en 30.000 dólares. La jueza estableció un monto bajo de USD 30.000 para beneficiar a una de las partes, mientras que los camaristas hicieron lo mismo a la otra parte, pero por un valor superior a USD 1.500.000, según los argumentos del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.
Almada indicó que la propia Corte Suprema de Justicia demostró que los camaristas se alejaron de la realidad procesal: “La resolución de la Corte Suprema de Justicia dijo que ‘el Tribunal es desacertado y se aparta de la realidad y de las constancia de actos. Hay una interpretación caprichosa de los miembros del Tribunal’ con esto nosotros nos fuimos ante el JEM”.
“La propia Corte dice que estos jueces no interpretan la ley, dicen que se apartan de la realidad y que desconocen las probanzas mencionadas en el expediente y aun así el Jurado les da un apercibimiento, esto es bastante desmotivador para nosotros como abogados de somos”, añadió.
El abogado cuestionó que si desde la máxima instancia judicial del Paraguay confirmaron que el argumento de los hoy apercibidos fueron falaces qué es lo que queda por hacer:, “La propia ministra Gladys Bareiro menciona ‘esta falacia del Tribunal derivó en la retasa de honorarios profesionales en un elevadísimo monto sin el estudio pertinente y legal’ y sigue diciendo que ‘en síntesis, el Tribunal falló sobre la base de una fundamentación que resultó ser endeble e insuficiente así como apartada de toda realidad procesal’, imaginate que la propia Corte Suprema de Justicia determina que un juez es endeble, ¿entonces de qué más podemos hablar?”.
Los que votaron por el apercibimiento fueron Fernando Silva Facetti, Jorge Bogarín, Hernán Rivas, Mónica Seifart y Eusebio Alvarenga. Mientras que por la destitución votaron Manuel Ramírez Candia y Enrique Bacchetta.