Asesor de la Corte insiste en que medidas cautelares son aplicadas de forma infundada  

70

El asesor de la Corte Suprema de Justicia, Roque Orrego, indicó que actualmente en los procesos penales las medidas alternativas o sustitutivas a la prisión preventiva son aplicadas de forma maquinal y sin justificación procesal a los investigados.

“Estas medidas no deben ser utilizadas mecánica e infundadamente como hoy se hace. Acá una persona inicia el proceso y ya se le aplica una medida alternativa o sustitutiva”, expresó el Asesor de la Corte, Roque Orrego. 

En una entrevista para PDS Radio-TV Digital, el mismo señaló que el propósito de la acordada es recordar e insistir que la prisión preventiva es un instrumento excepcional, pero no solo la prisión, sino que también las demás medidas cautelares y que también pretende rescatar las revisiones oficiosas.

Orrego manifestó que el error no se encuentra en la normativa, sino que los problemas se deben a la conducta de los jueces y fiscales y que “nuestro país vive una altísima inseguridad subjetiva. La gente piensa que en cualquier momento va a ser víctima de un delito y existe todo un discurso fantasioso de que el sistema penal nos va a proteger, siendo que eso no es así”.

El asesor resaltó que el Paraguay se encuentra en el cuarto lugar de los países que más aplican la prisión preventiva en el mundo y que eso acrecienta el hacinamiento en las cárceles que propician, a su vez, la expansión de las facciones criminales dentro de los reclusorios.  

“Hoy día tenemos cárceles abarrotadas de personas sin condenas que podían haber esperado su juicio en libertad ya que muchos de esos procesos terminan con medios alternativos de conclusión procesal. Inútilmente estuvieron encerrados”, sentenció.  

Los ministros de la Corte Suprema de Justicia, decidieron aprobar dos acordadas que tratan del procedimiento para la depuración de evidencias y la necesidad de aplicar la prisión preventiva en forma excepcional.

Según consta en el documento emitido desde la Corte, se aprobó la acordada N. ª 1511/2021 que menciona la necesidad de aplicar la prisión preventiva en forma excepcional. Además, proporciona una guía para tal efecto y promueve el uso de la revisión de oficio como instrumento al servicio de la descongestión penitenciaria.