Camarista critica en twitter resolución de la Corte que concede permiso para trabajar a la esposa de ex fiscal general

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En su red social twitter, el camarista Pedro Mayor Martínez criticó de manera irónica, la resolución de la sala Constitucional, que suspendió los efectos de la decisión de la Cámara de Apelaciones, Primera Sala, por la cual se revocó una disposición del juez Humberto Otazú en la que se concedió el arresto domiciliario y permiso para trabajar a la procesada por lavado de dinero, María Selva Morínigo, esposa del exfiscal general del Estado, Javier Díaz Verón, enjuiciado por enriquecimiento ilícito y lavado.

 

“Me entero que una resolución que ordenaba la libertad de una imputada, con medidas, dictada por el tribunal que presido, fue suspendida su ejecución por la CSJ, para que continúe su arresto domiciliario con “Permiso para trabajar”, vía inconstitucionalidad”, decía el escrito de Mayor Martínez en twitter, escrito a las 22.48 horas de ayer.

El juez penal Humberto Otazú le había concedido un permiso especial a la esposa de Díaz Verón para trabajar, los días martes y jueves, sin embargo, le negó la autorización para trasladarse a la agroganadera Lagunita, ubicada en el Chaco, de jueves a lunes, cuya decisión fue apelada y fue a la cámara de apelaciones.

Fueron los integrantes de la Primera Sala de la Cámara de Apelaciones, integrado por Pedro Mayor Martínez, Gustavo Santander y Gustavo Ocampos, quienes revocaron primero la resolución del juez y fueron muy firmes en decir que un encausado no puede cumplir con arresto domiciliario, que en el futuro se cuenta el tiempo que estuvo privado de su libertad, y contar con un permiso especial para trabajar.

“No se puede pretender que una persona esté cumpliendo una medida de arresto domiciliario -que en un futuro probable pudiera ser utilizado el tiempo que estuvo privado de libertad en su beneficio- cuando en realidad solo estuvo privado de libertad la mitad del día”, señalaron los magistrados, que resaltaron que “la normativa penal no permite permisos para trabajar cuando se concede arresto domiciliario como medida alternativa a la prisión”.

Los ministros César Diesel, Antonio Fretes y Gladys Bareiro, son los que dieron el polémico fallo a favor de la esposa del ex fiscal general del Estado, María Selva Morínigo.

El camarista Pedro Mayor Martínez, cuya decisión fue revocada, continúo con su tuit y manifestó que “es por este tipo de detalles que desde Gafilat, nos apunta con el dedo”, refiriéndose al grupo de Acción Financiera de Latinoamérica, que es una organización intergubernamental de base regional que agrupa a 17 países de América del Sur, Centroamérica y América del Norte. El Gafilat fue creado para prevenir y combatir el lavado de activos, financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.

María Selva Morínigo se encuentra procesada junto con su esposo, Javier Díaz Verón por enriquecimiento ilícito y lavado de dinero. Ambos se encuentran con arresto domiciliario. Los mismos no pudieron justificar en sus cuentas más de 5.500 millones de guaraníes.

Monitoreo de Gafilat

Con respecto a su tuit sobre el monitoreo de Gafilat, el camarista Pedro Mayor Martínez dijo que se debe tener en claro que las resoluciones judiciales de casos como la de María Selva Morínigo, hechos vinculados a cuello blanco, llámese enriquecimiento ilícito, lavado de dinero, entre otros, no solamente están monitoreados por completar un hecho normativo que permita a las agencias de persecución, las agencias jurídicas, e intervenir exitosamente y evitar la impunidad, sino también tira un mensaje a otras personas que se encuentran en la misma situación procesal.

“Si en este caso, finalmente una persona que está procesada por los hechos mencionados, otros pueden ser correlativos a este, si la gente al momento de tener que tomarse una decisión pendiente de imponer una respuesta punitiva, resulta el efecto disuasivo, el efecto corrector que pudiera tener una sentencia de cumplimiento efectivo, ya no se puede lograr, porque las personas a estado con arresto domiciliario, singular en el sentido de que estuvo privada formalmente por resolución,, pero en los hechos finalmente la misma persona no se encontraba privada de su libertad, ya que podía salir a trabajar, volver a su domicilio como cualquier ciudadano”, dijo Martínez.

En otro momento dijo que resulta llamativo, porque lo que se puede lograr con normativas, en el modelo de gestión de los tribunales, en las decisiones que toman, eso se diluye, esa fuerza en la investigación y en el enjuiciamiento de los hechos punibles, como lo referido se diluye su fuerza disuasiva para otros casos similares, por lo tanto, envía un mensaje a otras personas que también se encuentran en la misma situación y en su momento pedirían también poder salir a trabajar.

“Es por eso que con estas resoluciones siempre estamos en el ojo de la Gafilat, por las resoluciones como este”, dijo el camarista.