El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, reiteró a la Corte Suprema de Justicia, el oficio que envió hace un año y cinco meses, en el cual solicitaron informar sobre casos de mal desempeño de magistrados judiciales, según el artículo 14 de la ley, que regula la remoción de jueces, fiscales y defensores y la remisión del expediente al JEM.
El escrito menciona, en caso de verificarse en el desempeño de magistrados judiciales, las conductas descriptas en la Ley N° 3759/ 09, art. 14.
Incisos
𝗱) dictar dos sentencias definitivas que fueron declaradas inconstitucionales en el lapso de un año judicial…»
e) no dictar sentencia definitiva dentro del plazo que el superior hubiese fijado en el incidente de queja por retardo de justicia en por los menos dos casos en el lapso de un año judicial. Si se trata de magistrados integrantes de colegiados, sólo se eximirán de responsabilidad los que acrediten haber realizado las gestiones a su alcance para que el órgano dicte sentencia y las haya comunicado a la Corte Suprema…” .
El primer oficio, lo había enviado el entonces presidente del Jurado, el senador Enrique Bachetta, en fecha 11 de octubre del 2019, el pasado 2 de marzo lo reiteró, el senador Fernando Silva Facetti.