A través de sus abogados, Jorge Bogarín y Bettina Legal, los investigados por lavado de dinero y usura, Ramón González Daher y su hijo Fernando González Karjhallo interpusieron un recurso de reposición y apelación en subsidio contra la resolución del juez penal Humberto Otazú del 12 de marzo pasado, que negaba el levantamiento del embargo de los procesados para el pago a la Secretaría de Estado de Tributación (SET) y los honorarios de abogados.
En su escrito, los mencionados abogados fundamentan el mencionado recurso que, en numerosas ocasiones, cinco para ser exactos, solicitaron el levantamiento de los embargos de las cuentas del señor Ramón González Daher, a los efectos del pago de tributos ante la SET. Que el 23 de febrero de 2021, lo han solicitado por última vez, en atención a que nuestro representado tiene ánimo de cumplir con lo acordado por la Abogacía del Tesoro, homologado por A.I. no 73 de fecha 25 de abril de 2020. Esta petición fue urgida nuevamente en fecha 03 de marzo de 2021, en atención a que el Juzgado no se expedía al respecto.
Ante este urgimiento, en fecha 09 de marzo de 2021, el juez determinó que “atento a los escritos de fecha 24 de febrero y 04 de marzo del 2021 presentados electrónicamente por la defensa de los procesados Ramón González Daher y Fernando González Karjhallo; con respecto a la solicitud de pago de honorarios profesionales antes de proveer lo que corresponda acredite ante esta Magistratura el cumplimiento de las obligaciones tributarias y en relación a la solicitud de autorización de pago de tributos adeudados a la Set téngase presente”, decía la resolución judicial.
“Nuestra parte ha solicitado la autorización para el pago de honorarios, en vista a que el señor Ramón González Daher no posee libre disponibilidad de sus bienes y, por ende, no puede cumplir con el contrato de prestación de servicios suscripto al inicio de nuestra relación laboral. El único órgano competente a los efectos de prestar dicha autorización es el juez quien dictó las medidas cautelares de carácter real, por ende, el Juez Otazú. Esto sin perder de vista, que ya habíamos solicitado dicha autorización en el mes de diciembre, pedido al cual se allanó el Ministerio Público, el Juez pidió que se arrimen cuentas para el depósito de honorarios y nunca resolvió dicha petición de los profesionales de la defensa. Esta vez, hemos solicitado nuevamente el pago de nuestros honorarios, encontrándonos con la decisión del Juez de regular los mismos en la aclaratoria, mientras que en la decisión original solicitaba acreditemos el pago de tributos para acceder a la autorización correspondiente”, decía parte del escrito.
En lo que respecta al pago de tributos, los abogados han solicitado, en cinco oportunidades, el levantamiento de las cuentas a los efectos del pago de tributos, según se desprende el sistema judisoft. En un primer momento, el Juez Otazú, se declaró competente, corrió traslado del pedido al Ministerio Público y a la Abogacía del Tesoro, incluso solicitando designen a que cuenta se debía transferir el dinero para el pago correspondiente e intimó a González Daher que designe de qué cuentas se debía transferir el dinero.
«Todos respondieron a dichas peticiones, sin embargo, el juez no resolvió nada al respecto, quedando ese pedido del mes de noviembre, en el limbo. Actualmente, y antes que se realice una intimación de pago de la SET a nuestro representado, han solicitado nuevamente el pedido de autorización, solicitando que oficie a la institución para que indique le monto a transferir directamente a las arcas del Estado y el juez en un primer momento, indicó “téngase presente” y ante la aclaratoria, se declaró incompetente para ello, derivando la responsabilidad para el levantamiento del embargo para el pago de tributos a un Juez en lo Civil y Comercial de Primera instancia», decía el escrito.