La Cámara de Apelaciones en lo penal, integrado por Cristóbal Sánchez, Agustín Lovera Cañete y José Waldir Servín, anuló la condena de Daysi Jaqueline Ortiz, quien había sido sentenciada a dos años de prisión, con suspensión de la ejecución de la pena por “estafa procesal”, tras el famoso litigio que tuvo la mujer con la empresa Claro, en la que supuestamente bajo pruebas falsas ganó todas las instancias en el fuero civil, lo que obligaba a la firma de telefonía móvil a pagar G. 1. 357.372.141.
El mencionado tribunal de alzada anuló la sentencia de los magistrados Olga Elizabeth Ruíz, Víctor Medina y Digno Arnaldo Fleitas, además declaró la nulidad del auto de elevación a juicio oral y público, resuelto por el juez Alcides Corbeta y el dictamen de la fiscala adjunta Alba Rocío Cantero, que había confirmado la acusación de los fiscales Nelson Ruíz y Fabián Centurión contra Daisy Ortiz, que fue extemporánea. Por último, retrotrae el proceso hasta la realización de la audiencia preliminar.
El representante legal de Daysi Ortiz, el abogado Raúl Caballero explicó que el tribunal declaró en mayoría la nulidad de la condena y que se retrotraiga hasta la audiencia preliminar.
“Acá lo importante es que los tres magistrados del tribunal de alzada coincidieron en la irregularidad absoluta del procedimiento al tiempo del juicio oral y que correspondía la nulidad y triunfó la tesis que se tiene que retrotraer el caso hasta la audiencia preliminar”, dijo Caballero.
Para el abogado prefería que se haya resuelto el fondo de la cuestión, sobre la inexistencia de la “estafa procesal”, en el Código Penal Paraguayo además, el caso ya prescribió sobradamente.
Los antecedentes del caso revelan que el 2007 de noviembre del 2007, a través de sus abogados, Daysi Ortiz promovió una demanda en el fuero civil contra la firma Claro, la cual ganó en primera instancia el 24 de abril del 2011, mientras que, en la segunda instancia, por resolución del 24 de febrero del 2012, se confirmó la resolución de primera instancia y posteriormente la Sala Constitucional rechazó la acción de inconstitucionalidad de la referencia compañía el 6 de marzo del 2014.
El 21 de diciembre del 2015, se emitió el cheque judicial de la Contaduría General de Tribunales, a favor de la demandante por más de G. 1.000 millones.
En forma paralela, la firma Claro había denunciado a la mujer ante el Ministerio Público y fue el 14 de octubre del 2014, que imputaron a Daysi Ortiz por estafa y producción mediata de documentos de contenido falso.