El pasado 12 de enero, la Juez Gloria Machuca resolvió hacer lugar a la denuncia interpuesta por Gisele Mousques en contra del empresario Christian Chena, por supuesta violencia contra la mujer. Además de ello, la Magistrada confirmó la orden de prohibición a realizar cualquier tipo de publicación o mención acerca de Mousques a través de cualquier medio.
“Se ordena la prohibición al señor Christian Chena a realizar cualquier tipo de publicación y/o referirse a la señora Gisele Zuni Mousques por medio de sus redes sociales, medios digitales y otros similares de su propiedad con términos denigrantes, agraviantes, discriminatorios e injuriantes que menoscaben o lesionen su dignidad e integridad como persona y mujer conforme lo dispone la Ley 5.777/16 de protección integral contra las mujeres” reza en el escrito.
Sobre esto, la abogada Alejandra Peralta manifestó que plantearon un recurso de apelación debido a que esta resolución ataca varios derechos constitucionales como el ejercicio de la defensa en juicio, ya que luego del periodo probatorio la contraparte siguió agregando pruebas que nunca fueron puestas a conocimiento de la defensa, quebrando así el principio de acceso al contenido del expediente y también el libre ejercicio de la defensa.
“La Jueza tomó esto en consideración para emitir su fallo, lo que significa que ella dictó un fallo con base en pruebas a las que nosotros nunca tuvimos acceso, por eso pedimos la nulidad por una parte” agregó la abogada.
Por otro lado, también han señalado puntos específicos con relación al análisis que la magistrada hace en su fallo acerca del derecho a la libertad de expresión y sus límites, ya que la misma impuso nuevos límites que no están establecidas en la Constitución Nacional ni en las Convenciones de Derechos Humanos y tampoco en la jurisprudencia de la Corte Interamericana.
Señaló que la Juez Machuca traza la figura del incitador al señor Christian Chena, reconociendo que el mismo no realizó ningún comentario que pueda significar algún tipo de violencia en contra de la denunciante. Para la magistrada quedó probado que Chena compartió una información publicada por otra persona, sin embargo, para Machuca no son culpables ni las personas que realizaron los comentarios que pudieron agraviar a Mousques o la persona que hizo el posteo original en las redes sociales, sino que la culpa recae en el empresario debido a que decidió darle un “retweet” a un posteo teniendo una gran cantidad de seguidores.
Además de esto, en la resolución de la Juez la misma menciona que el “refrito” no está amparado por la libertad de expresión, o sea que, si alguien vuelve a comentar y a compartir una información que fue publicada en tiempo pasado, constituye un “refrito” y eso no está amparado por el derecho a la libertad de expresión, según lo que explicó la abogada Peralta.
Algo llamativo para la defensa es que la Juez ni siquiera realizó un análisis de subsunción de la conducta de Chena, lo que es algo básico para la atribución de culpabilidad para cualquier persona procesada y, al no realizar el análisis de subsunción, esta sentencia no está fundamentada y por lo tanto tiene que ser revocada.
La abogada refirió además que no descartan la posibilidad de presentar una acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM). Ya han solicitado un informe acerca de denuncian anteriores que fueron presentadas en contra de la magistrada en el órgano juzgador.