Ante los casos de hurto de trozos de carne en los locales comerciales de la cadena Biggie Express, que últimamente fueron publicados masivamente a través de los medios de comunicación, el Defensor Público Francisco Acevedo refirió que en este tipo de casos ni siquiera puede caber la posibilidad de otorgar lo que se llama criterio de oportunidad.
“No hay instancia al momento de imputar, no hay instancia al momento de pedir medidas cautelares; tampoco hay instancia al formular acusación. Desde mi punto de vista, en estos casos se debe señalar la falta de acción al momento de la audiencia preliminar” señaló.
Resaltó que los abogados de la empresa habían presentado un poder otorgado por la empresa, sin embargo, el mismo no está autenticado. Días atrás, la Defensora María Sol Samaniego había presentado una excepción de falta de acción en un caso, sin embargo, la Juez Cynthia Lovera lo rechazó argumentando que el encargado del local tiene legitimación activa para presentar la denuncia ya que es el encargado de todos los bienes, por lo que reviste la calidad de víctima.
Ante esto, el Defensor Acevedo comentó que la persona que realizó la denuncia no tiene el carácter de víctima porque la denuncia fue realizada por el cajero y el guardia de seguridad, no por el encargado del local, por lo que la resolución de la magistrada llama bastante la atención.