El Tribunal de Sentencia de San Lorenzo condenó a solo 2 años de cárcel a Roberto Cárdenas, exintendente de Lambaré, en el nuevo juicio en relación a la medición de la pena en una causa por lesión de confianza. La Fiscalía había solicitado 4 años y 6 meses de cárcel.
Esta es la causa penal por el supuesto perjuicio de Gs. 5.704 millones y, en el primer juicio, quedó probado que a raíz de una mala administración se produjo dicho perjuicio patrimonial a la intendencia de Lambaré. La Fiscal Teresita Torres criticó duramente la decisión del Tribunal por la ínfima condena al exintendente de Lambaré, Roberto Cárdenas, calificando el fallo como una burla.
«Es penoso ver cómo magistrados de nuestra República sacan una sentencia en este sentido, porque el perjuicio ocasionado al municipio es el mayor», lamentó. Dijo que los casos de corrupción deben ser condenados de manera ejemplar, pero que esto emite un «mensaje muy negativo» refirió la agente.
Cuestionó a los jueces refiriendo que los mismos “viven en un mundo paralelo” debido a que los mismos mencionaron que no existe constancia de sentencia firme contra el acusado, solamente la documental producida en el juicio y que en esos documentos no constan los antecedentes, aunque es de público conocimiento que Cárdenas cuenta con dos condenas en su contra. Lamentó que el sistema de justicia responda de esta manera a casos de corrupción contra instituciones públicas.
“Somos parte del sistema, pero lo que atañe al Poder Judicial realmente da mucha pena. Este es un trabajo de casi 10 años y que culmine con una condena exigua de solo dos años es una burla y un contrasentido. Los casos de corrupción deben ser condenados de manera ejemplar, no digo excesiva, pero sí una condena justa y esto emite un mensaje muy negativo en cuanto a la prevención general respecto a la posibilidad de que otras personas vean burlada la justicia” agregó.
Resaltó que los fondos provenientes de royaltíes y pavimentación fueron los que se dilapidaron en este caso, sin ninguna contraprestación con algún bien o servicio que haya sido pagado, burlándose así la función de estos fondos que tienen finalidades específicas y no pueden ser destinados a otras cuestiones. Se trata de un perjuicio de más de Gs. 5.000 millones.
“Imagínense que en el caso de los colegios en la ciudad de Lambaré el monto del perjuicio fue menor y la condena fue de ocho años; los miembros del Tribunal hubieran tomado como parámetro esa condena de ocho años y el monto en esa causa. Si bien cada caso es diferente, vemos que en este en particular la condena de dos años no tiene ninguna relación con los hechos probados” afirmó la agente del Ministerio Público.