Otorgan arresto domiciliario a agentes de la patrulla caminera imputados por homicidio culposo

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Imágenes de los agentes de la Patrulla Caminera demorados

La Juez Ana Esquivel ordenó el arresto domiciliario para cinco agentes de la Patrulla Caminera sindicados de haber colocado una barrera irregular sobre la Ruta Acceso Sur, la cual habría ocasionado un accidente fatal que provocó la muerte de dos personas.

Rodolfo Espínola, Víctor Caballero, María Palacios, Rossana Bordón y Rosa Cáceres fueron imputados por la Fiscal Gladys Paredes por la presunta comisión de los hechos punibles de homicidio culposo e intervenciones peligrosas en el tránsito terrestre y solicitó al juzgado la aplicación de dicha medida cautelar, atendiendo a que los mismos cuentan con arraigo suficiente conforme a la documentación arrimada.

La magistrada resaltó que la expectativa de pena es de cinco años de pena privativa de libertad o una multa y tres años de cárcel o multa, por lo que se trata de hechos punibles calificados como delitos. Refirió que la prisión preventiva es de carácter excepcional y muy gravosa para la libertad de las personas y la cual debe ser aplicada en situaciones que la ameriten cumpliendo ciertos requisitos, los cuales no se cumplen en la presente causa.

“En este caso, la medida cautelar más idónea es la aplicación el arresto domiciliario, ya que estamos ante un hecho grave por las circunstancias en las que ocurrió y por la lamentable pérdida de una vida humana. En el presente caso, aunque estemos ante una investigación que apenas inicia, se tiene que el Ministerio Público observa que los funcionarios legalmente encargados de la seguridad y el orden de las rutas, habrían actuado violando disposiciones legales que hacen al marco normativo Dirección Nacional de Patrulla Caminera, institución esta que tiene como misión garantizar, proteger y prevenir la seguridad, evitar la accidentalidad, por ese mismo motivo existen varios elementos de prueba a ser incorporados al presente proceso, y debe asegurarse que no exista posibilidad de que los imputados puedan obstruir, modificar, ocultar o suprimirlas” se lee en el escrito.

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