31M: defensa de Gustavo Florentín apela condena por falta de pruebas y errores en el fallo

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Subofical condenado Gustavo Florentín

Los abogados Víctor y Ricardo Estigarribia apelaron la condena de 24 años de prisión que impuso un Tribunal al suboficial Gustavo Florentín, por el homicidio doloso agravado de Rodrigo Quintana, muerto en la sede del PLRA tras un atropello policial el 01 de abril del año 2017. La defensa cuestiona varios puntos de la sentencia, como la falta de identificación del acusado por parte de los testigos y la falta de certeza en el arma utilizada por el mismo.

Además, la defensa sostiene que las escopetas cuya tenencia/portación/uso se atribuyeron a Gustavo Florentín en todo el proceso, fueron debidamente peritadas y los dictámenes elevados descartan categórica e inequívocamente que hayan realizado el disparo letal.

“Ninguno de los testigos reconoció a mi defendido como el autor del disparo letal”, afirma la defensa en el documento.

Uno de los puntos centrales del recurso es el dictamen pericial balístico, que descarta categóricamente que las escopetas atribuidas a Florentín hayan disparado el cartucho letal. Según la defensa, los peritajes del oficial Derlis Salomón Spaíni concluyen que ninguna de las armas asignadas a Florentín (identificadas como M-10 y M-12) disparó el proyectil que causó la muerte del dirigente juvenil.

Además, los abogados denunciaron la admisión irregular de evidencias digitales, conocidas como “copias espejo”, que fueron introducidas al juicio sin que se garantizara la cadena de custodia ni su autenticidad técnica. La defensa alega que se utilizó información sin delimitar claramente su procedencia ni contenido, lo que vulneró el derecho a la defensa.

Otro eje del recurso es la supuesta “motivación aparente” de la sentencia. El equipo jurídico criticó la resolución del Tribunal de Sentencia por carecer de un análisis profundo y razonado de las pruebas, limitándose a transcribir alegatos y documentos sin desarrollar una fundamentación clara. Según la defensa, esto representa una violación al artículo 125 del Código Procesal Penal, que exige una justificación precisa de las decisiones judiciales.

“La sentencia consta de 124 fojas, pero contiene mayormente transcripciones literales y escasa valoración probatoria. No se explicó por qué se consideró probado que mi defendido fue el autor del hecho”, puntualiza el escrito. En su conclusión, la defensa solicita la nulidad de la sentencia condenatoria N° 151, dictada el 11 de abril del 2025 y plantea el reenvío del caso para la celebración de un nuevo juicio oral y público, ante un tribunal diferente.