La juez de ejecución penal Sandra Kirchhofer otorgó el beneficio de las salidas transitorias a la expareja del empresario Alberto Koube, Patricia Noemi Rodríguez, condenada a 5 años de prisión por lavar dinero producto del tráfico internacional de drogas en favor del esquema de Sebastián Marset.
La misma obtuvo un permiso para salir de la penitenciaría los días viernes a partir de las 16:00 horas e ingresar nuevamente al penal los días domingos a las 16:00 horas, debiéndose registrar dichas salidas en una planilla a partir del día viernes 26 de diciembre del 2025, sucesivamente. La condenada se encuentra apta para obtener las salidas transitorias, en razón a que se encuentran reunidos de manera conjunta los requisitos exigidos para el otorgamiento de dicho beneficio.
Rodríguez Ojeda fue condenada por sentencia definitiva del 16 de octubre del 2024 y la ejecución de la pena quedó a cargo del juzgado especializado tras la remisión del cuadernillo correspondiente. Posteriormente, se estableció el cómputo definitivo de la condena, así como el acceso a beneficios penitenciarios conforme a la normativa vigente. La interna fue beneficiada con redención ordinaria de 22 días, lo que modificó la fecha de cumplimiento total de la pena al 28 de septiembre del 2027.
Durante el trámite del incidente, el juzgado tuvo en cuenta que la condenada cumplió con más de la mitad de la pena, no registra otras causas penales, mantiene una conducta calificada como “muy buena” por el Organismo Técnico Criminológico del Complejo de Mujeres Privadas de Libertad de Emboscada (COMPLE) y cuenta con informes favorables de profesionales en psicología y trabajo social.
Los dictámenes técnicos destacaron la estabilidad emocional y cognitiva de la interna, su adaptación al régimen penitenciario, la participación en actividades formativas y su proyecto de reinserción social, especialmente orientado al fortalecimiento del vínculo familiar y al desarrollo laboral. Asimismo, el informe toxicológico arrojó resultado negativo al consumo de sustancias prohibidas.
Si bien el Ministerio Público se opuso al otorgamiento del beneficio, argumentando que la condenada aún debía profundizar su tratamiento penitenciario, el juzgado consideró que se encontraban reunidos de manera conjunta los requisitos exigidos por el art. 59 del Código de Ejecución Penal, por lo que resolvió hacer lugar al pedido.
En consecuencia, se concedieron salidas transitorias por el plazo de tres meses, desde el 26 de diciembre del 2025 hasta el 26 de marzo de 2026, permitiéndole salir del establecimiento penitenciario los días viernes a partir de las 16:00 horas e ingresar nuevamente los domingos a las 16:00 horas, bajo estrictas condiciones y reglas de conducta.
Entre las obligaciones impuestas figuran la prohibición de salir del país, no consumir alcohol ni sustancias estupefacientes, no portar armas, no cometer nuevos hechos punibles, respetar horarios de permanencia y someterse a tratamiento psicológico quincenal, con informes periódicos al juzgado. Además, se dispuso la supervisión por parte de la Oficina de Asesoría de Prueba Casa Centro y el establecimiento de una fianza personal por la suma de Gs. 300 millones.
El juzgado enfatizó que el objetivo del beneficio es favorecer una reincorporación progresiva a la vida social, afianzar los vínculos familiares y acompañar el proceso de reinserción, en concordancia con los fines constitucionales de la pena.







