La Cámara de Apelación confirmó la prisión preventiva de Reina Mercedes Duarte, una de las acusadas en el marco de la causa derivada del operativo A Ultranza Py. Según la acusación, fue persona de confianza de Marset y nexo entre este y Miguel Insfrán, así como también estaría relacionada con el empresario Alberto Koube Ayala, accionista del Grupo Tapyracuai S.A., quien está acusado por presunto lavado de activos y asociación criminal.
La resolución se dio tras analizar el recurso de apelación general presentado por el abogado Héctor Parodi Medina contra el A.I. Nº 891 del 19 de septiembre del 2025, dictado por el Tribunal de Sentencia integrado por los magistrados María Luz Martínez, Dina Marchuk y Federico Rojas.
La defensa alegó que la decisión recurrida adolecía de fundamentación suficiente y que no había valorado alternativas menos gravosas, como la caución real, fianzas personales o el arresto domiciliario bajo control electrónico. El abogado Parodi señaló además que el tribunal había hecho una aplicación automática del peligro de fuga por la existencia de un trámite de extradición, convirtiendo la prisión preventiva en una sanción anticipada contraria al principio de inocencia.
Sin embargo, el agente fiscal Deny Yoon Pak refutó los argumentos y sostuvo que los presupuestos que dieron origen a la prisión preventiva no se habían modificado, persistiendo tanto el riesgo de fuga como la posibilidad de obstrucción. El fiscal destacó que el proceso se encuentra en la etapa de alegatos iniciales y que, en este contexto, flexibilizar las medidas podría afectar el normal desarrollo del juicio.
El Tribunal de Apelaciones valoró también los informes médicos realizados en la Penitenciaría de Mujeres del Buen Pastor, donde Duarte cumple su detención. Según el dictamen forense, la acusada recibe tratamiento regular y especializado por patologías reumáticas y oftalmológicas, por lo que no se acreditó que la reclusión agravara su estado de salud ni que requiriera medidas alternativas. Los magistrados camaristas recordaron que la medida responde a la necesidad de asegurar la sujeción de la procesada al proceso penal y garantizar la correcta administración de justicia.
En ese sentido, la Alzada decidió declarar admisible el recurso de apelación interpuesto, pero en el fondo lo rechazó, confirmando la resolución de primera instancia que mantiene a Duarte en reclusión preventiva en el Buen Pastor. El fallo ratifica así la línea adoptada por el Tribunal de Sentencia y descarta la existencia de agravios que ameriten modificar la situación procesal de la encausada.






