La abogada Noelia Núñez, defensa de Alexandre Rodrigues Gomes, explicó en entrevista con PDS Radio las razones por las cuales su cliente decidió allanarse al pedido de extradición abreviada solicitado por Brasil, en el marco de un proceso que actualmente se encuentra en la etapa preliminar ante la jurisdicción paraguaya.
La letrada sostuvo que la decisión responde a criterios jurídicos, humanitarios y de seguridad y no implica en ningún sentido una admisión de culpabilidad ni una búsqueda de impunidad. Según explicó Núñez, el allanamiento a la extradición permitiría a Rodrigues Gomes ser juzgado en su país de origen bajo un sistema que, afirmó, ofrece mayores garantías en cuanto a seguridad jurídica, condiciones penitenciarias y efectividad normativa.
Indicó que Brasil cuenta con estructuras institucionales que, a su criterio, reducen la incidencia de factores externos capaces de interferir en decisiones judiciales. Mencionó también que el régimen penitenciario brasileño posibilita un contacto más digno y constante con la familia, algo que su cliente no ha podido tener en Paraguay desde hace largo tiempo.
La profesional aclaró que Rodrigues Gomes es brasileño naturalizado paraguayo, por lo que la normativa internacional aplicable le permite solicitar ser sometido a jurisdicción brasileña, especialmente cuando los hechos descritos en el pedido de extradición son, según dijo, prácticamente idénticos a los relatados en la acusación presentada en Paraguay.
Núñez también se refirió al contexto personal y familiar que influye en la decisión. Recordó que la muerte del exdiputado Eulalio Gómez, padre de Rodrigues Gomes, se produjo mientras este aún mantenía la presunción de inocencia, hecho que, a su criterio, afectó profundamente a la familia y deterioró su confianza en el sistema judicial paraguayo. Añadió que la familia no ha podido elaborar adecuadamente su duelo debido a la situación procesal del actual imputado.
La abogada sostuvo además que la defensa identificó elementos de distorsión mediática y manipulación digital que habrían incidido en la percepción pública del caso y, de manera indirecta, en la actuación de los operadores judiciales. Mencionó su preocupación por la “criminalización ideológica” y la presión mediática que, según indicó, puede condicionar decisiones jurisdiccionales en causas de alto impacto.
Respecto al sistema penitenciario, Núñez fue crítica y señaló que el régimen de máxima seguridad donde se encuentra recluido su cliente no contribuye a procesos reales de readaptación o reinserción, sino que puede deshumanizar al interno debido a sus severas restricciones y a la ausencia de políticas públicas orientadas a la resocialización.
Sobre un eventual beneficio penal, la abogada recordó que en Brasil se aplican regímenes de progresividad más amplios que en Paraguay, incluyendo la posibilidad de acceder a libertad condicional cumpliendo una sexta parte de la pena, lo cual, combinado con la cercanía familiar y el origen nacional del imputado, refuerza la conveniencia de someterse a la justicia brasileña.
Finalmente, Núñez explicó que la llegada del exhorto de extradición coincidió con la fase preliminar en Paraguay, lo que llevó a la defensa a replantear los incidentes procesales e invocar mecanismos previstos en el Código Procesal Penal, incluyendo criterios de oportunidad en casos análogos. Reiteró que acogerse a la extradición “no implica impunidad”, sino un traslado de jurisdicción para ser juzgado por los mismos hechos en el país vecino.







