Con relación al caso del exbanquero uruguayo José Peirano Basso, quien fue extraditado al país el pasado lunes 29 de mayo por presuntas maniobras fraudulentas contras ahorristas del Banco Alemán Paraguayo, el abogado Guillermo Duarte Cacavelos mencionó que presentó un recurso de apelación en contra de las dos resoluciones que decretaron la prisión preventiva de Peirano.
Aclaró además que la argumentación judicial de la existencia de hechos punibles graves se sostiene en un compulso de delitos en ambos casos, por lo que decimos que existe un problema en base a que en el tratado de extradición solamente se autorizó, en el caso de Garantías 1, por un delito de lesión de confianza y en el de Garantías 4 por tres delitos y no por cinco.
“Encontramos que en cada uno de los juzgados se le sumaron, ilegalmente por fuera del tratado, dos hechos punibles a José Peirano y eso es una violación grave a las reglas de cooperación internacional desde el principio de especialidad y el principio de cooperación” agregó el abogado.
Explicó que un estado requirente debe respetar la decisión suprema del requerido cuando se establece que se juzgará al ciudadano extraditado por hechos concretos y establecidos y no por otros. Sin embargo, en nuestro país, el ciudadano uruguayo fue procesado por todos los hechos punibles solicitados por el Ministerio Público.





