Sobre la apelación que presentó la fiscal de Luque Sandra Ledesma por la libertad ambulatoria de Ramón González Daher ordenada por el juez en lo civil Enrique Sanabria, el abogado de este Mario Aníbal Elizeche Baudo manifestó que el Ministerio Público maneja una serie de procedimientos erróneos, como por ejemplo al solicitar la prisión preventiva tras la imputación por denuncia falsa, cuando eso se debería dar ante una medida extrema y solo en casos específicos, de acuerdo a lo que manda la Constitución Nacional, el propio Código Procesal Penal.
“Lo curioso del caso es que ante un hecho de denuncia falsa en donde el bien jurídico que se tutela es la propia justicia, el Ministerio Público le invista al denunciante la calidad de víctima, circunstancia que no se compadece con la estructura de fondo de nuestro ordenamiento penal”, afirmó el abogado Elizeche.
Según Elizeche, esta imputación también adolece un grueso error por el hecho de que el denunciante fue denunciado por González Daher por un supuesto hecho de estafa a consecuencia de unos cheques librados por el mismo, los cuales carecían de fondos.
Además, agregó que la denuncia penal presentada por González Daher fue rechazada porque esos cheques fueron presentados ante el banco y sellados con cuenta cancelada después de los 30 días hábiles para su cobro. Entonces el Fiscal que intervino, Óscar Delfino, señaló como impedimento ese hecho, alegando que no era un elemento que pueda significar la apertura de una nueva investigación, sino que era un instrumento de ámbito civil.
A partir de la orden de detención dictada por la Fiscal Sandra Ledesma, el abogado afirma haberse presentado por escrito ante el juzgado y haber puesto a disposición del juzgado a su cliente y solicitar sea oído en conformidad al art. 242 del Código Procesal Penal, que es un derecho. Solicitó que se fijara la audiencia lo antes posible en razón de que González Daher contaba con una orden de detención, a lo que el Juez interino Enrique Sanabria fijó la audiencia para las 11:30 de la mañana.
Asegura que no existió actuar irregular alguno con respecto a la audiencia otorgada a su defendido, ya que, aunque la Fiscal Sandra Ledesma haya recusado al Juez Sanabria, según la acordada 1292, el mismo debe darle una salida procesal al acusado. Plantearon la medida alternativa en base al primer argumento que habían señalado, que es una denuncia falsa que no cuenta con el respaldo de una resolución anterior que califique como tal, lo cual es una irregularidad según el abogado.