Abogado penalista sostiene que existe hecho punible en el caso vacunación vip

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El abogado Ricardo Preda sostiene y asegura que en la masiva vacunación registrada en Ciudad del Este de personas que no se encuentran en la franja etaria prevista por el Estado, se exponen a diferentes hechos punibles.

El especialista en derecho penal habla primeramente de apropiación, ya que las vacunas pertenecen al Estado Paraguayo, como tal son objetos tangibles, es mueble, por lo tanto, el vacunador, aunque fuera funcionario público, no es dueño de la vacuna, se tiene que el dueño ha indicado que esas vacunas deben ser inoculadas a personas desde 85 años porque es de una cantidad limitada, por lo que se debe de usar de esa manera.

“Las vacunas son del Estado, es decir que ni el ministro puede llevar nomás a su casa y vacunar a toda su familia”.

En otro momento explicó que si el vacunador pide algún beneficio por la vacuna de parte de otra persona que no está en la franja etaria, cae en cohecho pasivo agravado, ya que lesiona sus deberes y que ordena a su subordinado a inocularle a alguien que también está fuera de la franja etaria, sería el instigador.

Los antecedentes del caso derivan de que más de cien personas, fuera de la franja etaria, dispuesta por el gobierno, fueron vacunadas y de esa manera dejando sin inoculación a la gente de la tercera edad, más de 85 años en Ciudad del Este, inclusive hasta el director del hospital regional, Julio Villalba fue inoculado, por lo que fue separado del cargo.