El Tribunal de Apelaciones en lo Penal, Primera Sala de la Capital revocó la providencia que convocaba a juicio para los acusados por la compra irregular de tierras en Cordillera de la empresa San Agustín (2013), que habría causado un perjuicio de más de G. 60.000 millones, debido a la existencia de una acción de inconstitucionalidad contra la resolución que dispuso un nuevo juzgamiento.
La defensa del exgobernador Pedro Milciades Duré y del exintendente de Iruña, Justo Gamarra, alegó que se encuentra pendiente de resolución la acción de inconstitucionalidad promovida el 2 de junio de 2021 en contra del AyS N°39 del 17 de mayo de 2021, dictado por el Tribunal de Apelación Penal Segunda Sala, que dispuso la realización de un nuevo juzgamiento.
Al respecto la camarista Adriana Giani, preopinante, expuso que el Art. 559 del C.P.C. establece que la presentación tendrá efecto suspensivo cuando se tratare de sentencia definitiva, o de interlocutoria con fuerza de tal, por lo que corresponde revocar la providencia de convocatoria a juicio oral.
Además, dicha acción de inconstitucionalidad fue admitida por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia y aún se halla pendiente de resolución.
A su turno, el Dr. Paublino Escobar se adhirió a la postura y añadió que el AyS Nº 39 atacado de inconstitucional, dispuso la nulidad de la Sentencia Definitiva Nº 13 del 9 de enero de 2021, pronunciada por el Tribunal Colegiado de Sentencia, ordenándose la reposición del juicio oral y público.
Al momento de dictarse la providencia del 13 de octubre de 2025, que convocó a audiencia de juicio para el día 5 de noviembre de 2025, ya se encontraban formalmente promovidas, admitidas y acumuladas las acciones de inconstitucionalidad y atendiendo al efecto suspensivo que el artículo 559 del Código Procesal Civil, no resulta jurídicamente prudente mantener una providencia.
El camarista Mario Camilo Torres manifestó su adhesión a ambas posturas, quedando así confirmada la revocación.
En este caso también están acusados el extitular del INDERT, Ignacio Luis Ortigoza, y el perito tasador Mario Echeverría.





