Hace más de 12 años se presentaron las primeras acciones de inconstitucionalidad contra la ley antigua del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) y a día de hoy la Corte Suprema de Justicia sigue sin expedirse al respecto. Gremios de fiscales y de magistrados recurrieron a la máxima instancia judicial en reiteradas ocasiones para que se declare inconstitucional la Ley Nº 3759/09, conocida como la de «superpoderes» del JEM.
La Asociación de Fiscales del Paraguay presentó en el 2009 dos acciones de inconstitucionalidad contra los artículos 12, 13, 14 y 15 de la ley Nº 3759/09, «que regula el procedimiento para el enjuiciamiento y remoción de magistrados», por considerar que la normativa viola garantías constitucionales y la independencia de los poderes del Estado.
Cabe mencionar que la ley tachada de inconstitucional quedó derogada en octubre pasado con la entrada en vigencia de la ley N° 6814, que eliminó la facultad que tenía el JEM de iniciar investigaciones de oficio.
Los ministros Antonio Fretes, César Diésel y Eugenio Giménez Rolón, integran la Sala Constitucional que debe resolver una de las acciones, que actualmente se encuentra en estado de emisión del segundo voto respecto al tema de fondo. Por otro lado, el segundo pedido de inconstitucionalidad aguarda la confirmación del ministro César Garay, quien desde octubre del 2020 analiza si acepta integrar la Sala junto con sus pares Fretes y Diésel.
El gremio de fiscales presentó sendos pedidos de urgimiento para que los integrantes de la Corte Suprema de Justicia se pronuncien respecto a la criticada ley del órgano juzgador que tenía la potestad de suspender y procesar de oficio a los jueces y fiscales, según lo determinaba el artículo 13 del cuerpo legal.
Las acciones fueron acompañadas con pedido de medica cautelar, a fin de al menos suspender los efectos de la ley, pero el alto tribunal se encargó de cajonear las acciones que se plantearon hace más de una década.
Gremio de Jueces también recurrieron a la Corte
El 27 de febrero del 2012 la Asociación de Jueces del Paraguay se unió a la lucha de los fiscales y también presentó una acción de inconstitucionalidad contra la derogada Ley 3759/09, en reclamo de las atribuciones que otorgaba al JEM esta legislación. Respecto a esta acción, la Corte resolvió constituirse en pleno para tratarla.
Para resolver esta acción integran el pleno los ministros de la Corte Suprema de Justicia Carolina Llanes (preopinante), Alberto Martínez Simón, Antonio Fretes, César Diésel, Eugenio Giménez Rolón y Luis María Benítez Riera. Completan el pleno los camaristas Giuseppe Fossati y Mirta Ozuna.
En la sesión ordinaria del miércoles pasado el secretario de la Sala Constitucional, Julio Pavón, informó a los ministros que el expediente se encuentra para la emisión del segundo voto de fondo.
Desde el gremio de jueces remarcaron en varias ocasiones que la citada ley convirtió a los magistrados y fiscales en “presos” del poder político, ya que los mismos eran objeto de aprietes y extorsiones por parte de los políticos de turno que integran el Jurado de Enjuiciamiento.
Con la nueva ley que regula el funcionamiento del JEM, las acciones de los magistrados y fiscales probablemente sean declaradas inoficiosas. Aún así, la Corte queda en evidencia al dejarse llevar por el poder político y dilatar durante más de 12 años el tratamiento de los recursos plantados.