Acusan y Requieren Juicio Oral y Público para el Diputado Miguel Cuevas

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Luis Piñánez Agente Fiscal Anticorrupción presentó Acusación por los hechos punibles de Enriquecimiento Ilícito y Declaración Falsa en contra del Diputado colorado Miguel Cuevas

El Agente Fiscal de la Unidad Especializada de Delitos Económicos y Anticorrupción, presentó Acusación en contra el ciudadano Miguel Jorge Cuevas Ruiz, por la comisión del hecho punible tipificado en la Ley N° 2.523/04 que prevé y sanciona el Enriquecimiento Ilícito, incursando su conducta en las disposiciones del artículo 3° numeral 1 A, como autor en concordancia con el art. 29 del Código Penal. Igualmente se presenta la Acusación por el hecho punible de Declaración Falsa tipificado en el Art. 243 del Código Penal, en concordancia con el Art. 29 del misno cuerpo legal, es decir en calidad de autor. Solicitando al Juez Penal de Garantias se eleve la causa a Juicio Oral y Público.

La investigación se originó a raiz de la denuncia presentada en septiembre del 2018 contra Miguel Jorge Cuevas Ruiz Díaz, actual Diputado Nacional por el Departamento de Paraguarí por la comisión de los hechos punibles de Enriquecimiento Ilícito y Lesión de Confianza, asimismo, contra Nancy De Jesús Florentín de Cuevas, cónyuge del primero por la comisión del hecho punible de Cobro Indebido de Honorarios.

Es oportuno recordar que Nancy de Jesús Florentin de Cuevas fue acusada en el mes de Octubre del 2020, por Cobro Indebido de Honorarios e igualmente se pidió que la causa sea elevada a Juicio Oral y Público.

Publicaciones periodisticas dieron pie a la investigación, la notitia críminis (informacion de un crimen) referían que el señor Miguel Jorge Cuevas Ruiz Díaz, quien ocupó varios cargos en la administración pública como son la de Intendente de Sapucai del 1996 al 2001 y 2010 al 2012, funcionario de la A.N.N.P del 2003 al 2010, Gobernador del Departamento de Paraguarí periodo 2013 al 2017 y Diputado Nacional a partir del año 2018 hasta la fecha, incrementó su patrimonio de manera ilegal durante el tiempo en que se desempeñó como funcionario público en el cual adquirió bienes y otros activos que no condicen con los ingresos percibidos en los cargos mencionados y su operativa comercial.

Teniendo en cuenta que en las declaraciones Juradas presentadas ante la Sub Secretaria de Estado de Tributación en rubros declarados como compra y venta de ganado, no se visualizan los gastos de compras realizadas (y no se cuentan con las facturas de dichas compras), por lo que a modo de establecer preliminarmente los montos de las compras de Ganado, se recurrió a la información contenida en los formularios de guía de traslado de Ganado proveídas por la institución pública a cargo. Estos precios establecidos en los mismos se pueden considerar como precio base (establecidos para el pago de las tasas correspondientes por el movimiento del ganado), lo cual no implican que sean los montos reales de compra.

Según la Acusación Fiscal a ser cotejados los bienes registrados y determinado la cuantía de ingresos percibidos en el periodo investigado 2009 al 2019, totalizan guaraníes 5.734.307.036 y por el otro lado los egresos que totalizan guaranies 7.439.622.171.

De la ecuación hecha por el Ministerio Público se observa una diferencia negariva de guaranies 1.705.315.135. Según el Ministerio Público en base a las diligencias, pericias e informes recibidos el saldo que no se pudo justificar corresponde a guaranies 5.594.429.490.

En cuanto a la Declaración Falsa, Miguel Cuevas presentó dos declaraciones juradas del año 2013 y 2014, respectivamente, y dos declaraciones rectificativas en el año 2018, y en todas ellas consignaba montos a cobrar por parte del señor Silvio Riveros. Los montos declarados en los años 2013 y 2014 en el ítem “deudas a cobrar”, coinciden. Sin embargo, ambas difieren con las rectificaciones presentadas en el año 2018, y a su vez éstas últimas (las dos rectificaciones presentadas), difieren entre sí; aun cuando ambas fueron presentadas el mismo día es decir en fexha 29 de Octubre del 2018, con apenas una hora y minutos de diferencia.

Lo más grave según la acusación es que los montos consignados en las citadas declaraciones juradas ni siquiera existen, tomando en consideración el testimonio del señor Riveros, quien declaró tajantemente que no existe ni existió ninguna deuda suya a favor del señor Miguel Cuevas Ruiz Díaz por Gs. 4.460.000.000, ni por otro monto o concepto. En base a esto y las diligencias efectuadas a lo largo de la investigación la Fiscalia sostiene que los datos consiganados en las Declaraciones Juradas presentadas por el hoy acusado Miguel Cuevas, son falsas.

Como resultado se tiene que el acusado formuló declaraciones falsas a la Contraloría General de la Repubica, lo que le permitió proyectar una imagen irreal sobre su solvencia, puesto que los datos aportados no reflejan la situación patrimonial real del señor Cuevas, seguún sostiene el Agente Fiscal.

Así mismo el Ministerio Público queriere el Comiso Especial sobre los bienes del Diputado, debido a que cotejando los hechos que son atribuidos al señor Miguel Jorge Cuevas Ruiz Diaz, la Fiacalia adquiere la convicción de que la realización de esas actividades delictivas les ha generado ganancias indebidas, motivo por el cual se justifica que deban ser privados de dichos beneficios, de conformidad con los alcances establecidos en el artículo 6 de la ley 2523/04 en concordancia del Art. 90 inciso 1° del Código Penal por valor de Gs. -5,594,429,490 sin perjuicio que el beneficio patrimonial indebido obtenido por el acusado es superior al mencionado monto conforme lo establezca un Tribunal de Sentencia en la etapa pertinente.