Agua tónica: Fiscal advierte que condenados intentan estancar proceso y pide confirmar prisión 

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Patricia Samudio y José Costa Perdomo (derecha)

El fiscal Silvio Corbeta solicitó al Tribunal de Apelación confirmar la prisión preventiva de la extitular de Petropar, Patricia Samudio, y de su esposo José Costa Perdomo. La medida fue dictada tras revocarse las medidas alternativas de los procesados, con el objetivo de que cumplan sus condenas de 4 años y de 3 años y 9 meses de cárcel, respectivamente, por el caso conocido como «agua tónica».

El representante del Ministerio Público requirió el rechazo del recurso de apelación general planteado por la defensa, bajo el argumento de que el Tribunal de Sentencia no incurrió en violaciones a las normas procesales. Corbeta señaló que el Código Procesal Penal faculta al órgano juzgador a revocar o reformar de oficio las medidas cautelares vigentes.

Según el dictamen fiscal, el Auto Interlocutorio N.° 663 del 9 de julio de 2026 se justificó en el peligro de fuga latente ante la inminencia del cumplimiento de la sanción. El agente fiscal argumentó que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ya rechazó el recurso extraordinario de casación, dejando firme la condena, y que los recurrentes interpusieron recursos contra providencias de mero trámite únicamente para retrasar el envío del expediente al Juzgado de Ejecución.

Corbeta enfatizó que las acciones de la defensa apuntan a dilatar el proceso. Al respecto, mencionó que durante la audiencia de reposición, el propio condenado, José Costa Perdomo, no logró fundamentar el agravio que le causaba la remisión del expediente ni pudo sostener la existencia de una violación normativa en perjuicio de su defensa o de su esposa, Patricia Samudio.

Alertó que la aclaratoria planteada por los condenados “buscaba justamente tocar cuestiones de fondo, situación que no procede contra la citada resolución, conforme el criterio jurisprudencial sostenido en el tiempo por la Sala Penal”. 

Subrayó que la interposición infundada de una reposición con una apelación subsidiaria “revela la inminente voluntad de sustraerse a la ejecución de la sentencia dictada en autos, pretendiendo entorpecer el normal desenvolvimiento del presente proceso”.