El presidente de la Asociación de Jueces del Paraguay (AJP), Delio Vera Navarro emitió esta tarde una aclaratoria con respecto al anteproyecto de Ley de la Carrera Judicial, principalmente en el artículo 52 relativo al sistema jubilatorio, en la que indica que la jubilación de los jueces queda regida por el decreto ley número 23/54 y decreto del Poder Ejecutivo número 4041, tal cual ocurre hasta hoy.
El texto modificado del artículo 52 quedaría como sigue: “La Corte Suprema de Justicia gestionará el régimen de seguridad social para los magistrados de la carrera que incluya un seguro médico. Con respecto a la jubilación, esta queda sujeta a las disposiciones legales vigentes del decreto ley 23/1954, reglamentado por decreto del Poder Ejecutivo número 4041 del 9 de setiembre del 2020 para las jubilaciones de los magistrados”.
El escrito también menciona que se habilitó un mail
le*********************@gm***.com
para que los asociados al gremio puedan enviar todas sus indicaciones, sugerencias y dudas hasta el lunes 6 de setiembre del 2021 para que las mismas sean adjuntadas al anteproyecto y remitidas a la Cámara de Diputados.
Respecto al problema general de las jubilaciones saben de la existencia de un Proyecto de Ley General de Jubilaciones en avanzado proceso. La asociación está monitoreando de cerca dicho proyecto para evitar que en él se afecten las reivindicaciones del gremio.




