La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, integrada por los ministros Manuel Ramírez Candia, Carolina Llanes y Gladys Bareiro de Módica, en disidencia de esta última, decidió extinguir la causa y sobreseer al exfiscal Roberto Velázquez Vezzeti, condenado a cuatro años de pena privativa de libertad por la comisión del hecho punible de extorsión.
La ministra Carolina Llanes presentó los siguientes argumentos antes votar en favor de la casación planteado por la defensa: «…lo que nos lleva a concluir -cálculo aritmético mediante- que el doble plazo establecido en el artículo 104, inciso 2 del Código Penal se encontraba cumplido en fecha 23 de diciembre de 2018, pese a todas las interrupciones acaecidas, al momento de sustanciarse la apelación especial, razón por la cual, corresponde declarar la prescripción del hecho punible en grado de tentativa que no implica de manera alguna la absolución de reproche y pena del incoado».
El ministro Manuel Ramírez Candia se adhirió al voto de Llanes, mientras que Gladys Barreiro de Módica expuso que los agravios del recurrente se han limitado simplemente a argumentar su desacuerdo contra la resolución dictada por el Acuerdo y Sentencia recurrido, sus alegaciones constituyen meras críticas al fallo impugnado. En este sentido, se tiene que el recurso extraordinario de casación es un medio de impugnación de rigor formal, cuyos motivos están expresamente establecidos en la ley; no basta solamente con mencionarlos, sino que deben ser objeto de argumentación jurídica por las partes.
Estos fueron los argumentos expuestos por la ministra Gladys Bareiro de Módica quien finalmente declaró que el recurso extraordinario de casación planteado es inadmisible.
El caso data desde diciembre del 2008, cuando Velázquez fue involucrado en un supuesto caso de extorsión a un comerciante de la zona de Santa Rita, Alto Paraná.
El 14 de diciembre del 2018, Velázquez fue condenado por el tribunal integrado por Óscar Gabriel Genez, quien era el presidente y sus integrantes los jueces Marino Méndez y Alva Meza en Ciudad del Este y fue llevado a prisión y el 22 de diciembre, la Cámara de Apelaciones de la mencionada circunscripción otorgó la libertad del ex fiscal, ya que la sentencia aún no estaba firme y ejecutoriada.
Posteriormente, la Cámara de Apelaciones confirmó la condena del ex representante del Ministerio Público por lo que fue recurrido por Velázquez ante la máxima instancia judicial.