Almuerzo Escolar: imputado seguirá con arresto domiciliario

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El juez Penal de Garantías Especializado en Delitos Económicos del Segundo Turno, José Agustín Delmás resolvió no hacer lugar al pedido de libertad ambulatoria solicitado por el imputado Silvio Álvaro Alfaro Bertolo, a través de sus abogados Gerardo Benítez y María Graciela Vera.

En ese sentido, el juez considera que el arresto domiciliario es una medida menos gravosa a la prisión preventiva, por lo cual no corresponde hacer lugar al pedido de libertad ambulatoria, agregando además que la situación procesal del encausado no ha variado.

La defensa técnica había solicitado al magistrado la revocatoria del arresto domiciliario que el procesado guarda desde el 5 de noviembre de 2020, alegando que mismo ya cumplió con el compurgamiento de la pena mínima de seis meses por el hecho punible por el cual es investigado el pasado 5 mayo y que independientemente a que el mismo esté con arresto domiciliario, igual es privado de su libertad.


Asimismo el Ministerio Público se opuso a lo solicitado argumentando “la revocatoria de prisión preventiva por compurgamiento de la pena mínima no puede ser tratada en el caso particular del señor Silvio Álvaro Alfaro Bertolo, pues el mismo goza ya de una medida alternativa a la prisión preventiva”.

Según los antecedentes del caso, Silvio Álvaro Alfaro Bertolo primo del exgobernador del Guairá Rodolfo Friedmann, fueron imputadas junto con otras personas en el marco de la investigación abierta por presuntos hechos de corrupción relacionados con la provisión de almuerzo escolar adjudicada a la empresa Eventos y Servicios SA (ESSA).