La Cámara de Apelación confirmó la condena de 3 años de cárcel para el exministro de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) Miguel Óscar Bajac por cohecho pasivo agravado. Se había probado en juicio que solicitó USD 50.000 como adelanto para fallar a favor de una empresa en el marco de un juicio civil. También se confirmó la pena de 2 años 6 meses de prisión al funcionario judicial Rafael Ramírez, cómplice del hecho punible.
La decisión de la Alzada se basa en la revisión del recurso de apelación especial interpuesto por las defensas de ambos condenados. Los abogados defensores argumentaron falta de motivación suficiente, fundamentación contradictoria, violación del principio de congruencia, violación del principio de legalidad, imparcialidad y objetividad, insuficiencia probatoria, arbitrariedad, violación del derecho a la defensa en juicio y violación del principio de la duda razonable.
Sin embargo, la Cámara desestimó estos argumentos, señalando que la sentencia de primera instancia está suficientemente fundada y que se respetaron las disposiciones del Art. 125 del Código Procesal Penal (CPP). El Tribunal consideró que se tuvieron en cuenta las pruebas ofrecidas y producidas en el juicio, incluyendo testimonios, documentos y comunicaciones telefónicas interceptadas entre los involucrados.
Según los hechos probados, Bajac, en su calidad de la CSJ, solicitó a Felipe Nery Páez y María Liduvina Rodríguez Mendieta, de la empresa Cal Agro S.A., el pago de sumas de dinero a cambio de un voto favorable en un juicio que se encontraba a su cargo. Rafael Luis María Ramírez actuó como intermediario en estas negociaciones. Se pactó un pago del 5% del monto total del juicio, equivalente a Gs. 3.700.000.000 y un adelanto de USD 50.000.
El Tribunal de Apelación concluyó que la participación de Ramírez Doldán como cómplice y la autoría de Bajac en el delito de cohecho pasivo agravado quedaron demostradas con las pruebas presentadas. El Tribunal mantuvo las medidas cautelares de prisión preventiva para ambos condenados hasta que la sentencia quede firme y ejecutoriada. Además, remitió los antecedentes al Ministerio Público para lo que hubiere lugar en derecho.