Anulación de la condena de un homicida fue debido a que una diligencia se hizo sin presencia del abogado defensor

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El camarista Pedro Mayor Martínez habló sobre la anulación de la condena a 15 años de cárcel para Ever Hugo Moreira Álvarez y dijo que el tipo penal da lugar a ciertos debates sobre la porción de los hechos que debe ser acreditada por el Ministerio Público, y lo que se tuvo en consideración en este caso fue los testimonios incorporados al proceso, se introdujeron por dichos de terceras personas que habían oído algo que no resultaba muy claro en su momento.

 

 

En su momento, la identificación del acusado había sido a través de imágenes fotográficas y sin la presencia de un abogado, por lo que esa prueba había sido anulada, sin embargo, los jueces habían usado los testimonios basados en dicha prueba anulada. En vista a ello, defensora pública Celeste Jara presentó un recurso de apelación contra lo resuelto en el juicio oral.

 

 

El Tribunal de Apelación Penal Primera Sala, el cual estaba integrado por Gustavo Ocampos, Pedro Mayor Martínez y Gustavo Santander analizó el caso a fondo y se llegó a la conclusión de que la sentencia debería ser anulada, en vista de que las pruebas presentadas eran nulas, y no debían haberse tenido en cuenta en el desarrollo del juicio oral. Votaron por el reenvío y la realización de un nuevo juicio oral y público, anulando el fallo del Tribunal de Sentencia.

 

 

El 17 de abril del 2009, Ever Hugo Moreira mató a Luciano Arriola, un distribuidor de diarios.