La Fiscal Zunilda Ocampos logró la nulidad de una sentencia absolutoria y la orden de un nuevo juicio en segunda instancia. La Cámara de Apelaciones revocó la decisión emitida en noviembre del 2024, que había absuelto a dos imputados por delitos ambientales, determinando la realización de un nuevo debate oral y público.
Los acusados, João Emanoel de Almeida, productor agrícola de nacionalidad brasileña y Griselda Martínez Benítez, consultora ambiental y abogada paraguaya, enfrentan cargos por delitos relacionados con perjuicios a reservas naturales, desecación de humedales y declaración falsa. También se les imputa la evasión de obligaciones legales en materia de mitigación del impacto ambiental.
De acuerdo con los antecedentes, el 14 de junio del año 2022, la Unidad Especializada en Hechos Punibles contra el Medio Ambiente detectó que Almeida permitió y autorizó intervenciones en su propiedad, situada en el distrito de Los Cedrales, al sur de Alto Paraná. Estas actividades incluyeron canalizaciones, desecamiento, profundización y ensanchamiento de un cauce hídrico, así como la eliminación de vegetación de un bosque protector, afectando los mecanismos de control de agua y nacientes del terreno.
Según la acusación fiscal, el productor brasileño habría empleado datos falsos para obtener la licencia ambiental ante el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), logrando así la aprobación de la evaluación de impacto ambiental para habilitar el suelo y realizar cultivos mecanizados, en violación de las normativas ambientales.
Por su parte, Griselda Martínez Benítez habría participado en los trámites fraudulentos para la obtención de dicha licencia, motivo por el cual también fue imputada y procesada. Posteriormente, la causa fue elevada a juicio oral, donde el Tribunal de Sentencia, integrado por los jueces Herminio Montiel, Zunilda Martínez Noguera y Marino Méndez, absolvió a ambos acusados, pese a la existencia de pruebas que respaldaban la acusación fiscal.
Ante esta decisión, la Fiscal Zunilda Ocampos apeló el fallo, argumentando la existencia de elementos suficientes para una condena. Finalmente, la Cámara de Apelaciones, conformada por los magistrados Miryan Meza de López, Efrén Giménez Vázquez y Lilian Lorena Benítez, declaró admisible el recurso de apelación especial. En consecuencia, anuló la Sentencia Definitiva Nº 184 de fecha 21 de noviembre del 2024 y ordenó la realización de un nuevo juicio oral y público con un tribunal distinto, además de imponer las costas del proceso en el orden causado.
Este nuevo fallo refuerza el compromiso del sistema judicial con la protección del medio ambiente y el cumplimiento de la legislación ambiental vigente, asegurando que los responsables de daños ecológicos sean debidamente juzgados.
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