El juez Rodrigo Estigarribia otorgó libertad ambulatoria a tres personas que formarían parte de una asociación criminal que habría causado un multimillonario perjuicio a la empresa Biotécnica S.R.L. principalmente mediante la sustracción de su patrimonio para beneficiar, en algunos casos, a la empresa Corporación Biotécnica S.A. y, en otros, a particulares.
El magistrado levantó la detención preventiva y otorgó medidas alternativas a María Eugenia Acosta Vallejo, Guillermo José González Villalba y Fabrizio Andrés Galli Acosta, procesados por lesión de confianza, apropiación, lavado de activos y asociación criminal.
El expediente, impulsado por la agente fiscal Mercedes Vera señala que los procesados habrían participado en maniobras que ocasionaron un perjuicio patrimonial al Estado. La Fiscalía había solicitado la prisión preventiva, pero también dejó abierta la posibilidad de aplicar medidas menos gravosas previstas en el art. 245 del Código Procesal Pena (CPP)l.
Durante la audiencia de imposición de medidas realizada este 17 de septiembre, los imputados se presentaron voluntariamente junto con sus defensas. La defensa técnica ofreció como caución real un inmueble de alto valor tasado en USD 7.525.385 perteneciente a María Eugenia Acosta Vallejo, madre de uno de los procesados y también procesada, con el fin de garantizar la sujeción al proceso.
El Juzgado consideró que, si bien existen elementos de convicción suficientes sobre la posible comisión de los delitos imputados, la conducta procesal de los encausados y la caución ofrecida reducen los riesgos de fuga y de obstrucción de la investigación. Por ello, aplicó medidas alternativas como la obligación de presentarse periódicamente ante el juzgado, comunicar cambios de domicilio y notificar previamente las salidas del país.
El magistrado resaltó que la prisión preventiva es una medida excepcional que solo procede cuando resulta indispensable para las diligencias del juicio, en coherencia con el principio de presunción de inocencia. El inmueble ofrecido como caución quedó embargado preventivamente para cubrir el monto señalado y asegurar el sometimiento de los procesados al proceso penal en curso. El Juzgado estableció un plazo de 20 días hábiles para la presentación del informe de condiciones de dominio del bien.







