Por haber presentado el pedido en forma extemporánea, la Cámara de Apelación no admitió la prórroga extraordinaria que pidió la Fiscalía en la causa por supuesta lesión de confianza y cobro indebido de honorarios contra directivos de la Caja Municipal.
Las Fiscales Patricia Sánchez y Laura Giaccumo solicitaron una prórroga extraordinaria para la formulación del requerimiento conclusivo en la presente causa, habiendo hecho su pedido el 14 de noviembre del 2024.
“Primeramente, a los efectos de determinar la procedencia del estudio del requerimiento de prórroga extraordinaria, corresponde al plazo contemplado para la presentación del mismo contemplado en el art. 326 segundo párrafo del C.P.P. el cual establece cuanto sigue: “La prórroga extraordinaria se podrá solicitar, por única vez, en cualquier estado de la etapa preparatoria, hasta quince días antes de la fecha fijada para acusar” se lee en el escrito de la Alzada.
Los Camaristas explicaron que la solicitud de plazo extraordinario fue presentada el 14 de noviembre de 2024 y la fecha establecida para la presentación del requerimiento conclusivo fue el 04 de diciembre de 2024. Teniendo en cuenta que el artículo 326 del C.P.P. establece que dicha solicitud debe presentarse 15 días antes de la fecha fijada para acusar y que el artículo 129 del C.P.P. dispone que se deben computar los días hábiles, en el presente caso la solicitud de prórroga extraordinaria fue presentada una vez vencido el término legal para ello.
Los imputados son el expresidente Bernabé Peralta Antúnez y los miembros Juan Aristídes Amarilla, René Alejandro Medina Collar, Luis Alberto Caballero Candia, Venancio Díaz Escobar (actual presidente) y Viviana María Brioschi Capurro, quienes supuestamente se autoasignaron remuneraciones de forma arbitraria e ilegal durante el periodo de cuatro años, causando un daño patrimonial a la institución de unos Gs. 2.088.967.680. La Fiscal María Luján Estigarribia solicitó la prisión preventiva de los seis procesados.
Según datos de la investigación, la denuncia contra los ahora imputados fue presentada el 25 de octubre del año 2022 y se dispuso apertura de la investigación penal en fecha 15 de diciembre del mismo año. En el relato de hechos, se puede leer que, en fecha 19 de diciembre del año 2019 se realizaron las elecciones de los miembros del Consejo Administrativo de la Caja de Jubilaciones y Pensiones del Personal Municipal, del cual participaron los movimientos MAS y MIT, quedando el primero como ganador.
Posteriormente, el 23 de enero del año 2020, mediante resolución n° 10 del Consejo de Administración se resolvió aprobar el reglamento de bonificaciones y gratificaciones conforme a la guía de normas y procesos del presupuesto general, por el que se asignó a Bernabé, en concepto de bonificación, la suma de Gs. 5.393.840 y para los miembros la suma de Gs. 4.723.920. En base a la misma resolución, se asignó al entonces presidente la suma de Gs. 10.787.680 como remuneración en concepto de “Responsabilidad en el Cargo Nivel Superior” y para los miembros la suma de Gs. 9.447.840.