Una Cámara de Apelación Penal Especializada confirmó la desestimación de la denuncia presentada contra el expresidente de la República Horacio Cartes por presuntos hechos de enriquecimiento ilícito, lavado de dinero, contrabando y evasión de impuestos.
La resolución también declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el exministro del Interior Arnaldo Giuzzio, al considerar que no reúne la calidad de víctima exigida por la normativa procesal.
El planteamiento de Giuzzio buscaba revertir el fallo del Juzgado Penal de Garantías especializado, a cargo del juez Rodrigo Estigarribia, que en octubre del 2025 había avalado la decisión fiscal de desestimar la denuncia formulada en 2022, cuando el denunciante se desempeñaba como titular del Ministerio del Interior.
El Tribunal analizó el alcance del art. 67 del Código Procesal Penal y concluyó que el denunciante no puede ser considerado víctima directa de los hechos investigados. En ese sentido, explicó que los delitos señalados, como enriquecimiento ilícito, contrabando, lavado de activos y evasión de impuestos, protegen bienes jurídicos de carácter supraindividual, tales como la función pública, la recaudación tributaria y la economía nacional, lo que impide reconocer una afectación personal directa que habilite la impugnación.
Los camaristas indicaron que, si bien la legislación permite a la víctima recurrir la desestimación, dicha facultad no alcanza a quien actúa únicamente como denunciante sin acreditar un perjuicio directo. Por este motivo, la apelación fue declarada inadmisible y, en consecuencia, no se abrió el estudio de fondo del planteamiento.
La decisión confirma la vigencia de la resolución que había cerrado la investigación en esta causa, en la que se había denunciado la existencia de un supuesto esquema de lavado de dinero vinculado al contrabando de cigarrillos.







