El Tribunal de Apelación en lo Penal, Primera Sala, integrado por Gustavo Santander, Gustavo Ocampos y Andrea Vera Aldana, revocó la resolución del juez Yoan Paul López y finalmente hizo lugar al habeas data promovido por el ciudadano Eusebio Rodrigo Ayala Miret que fue afiliado a la Asociación Nacional República (ANR), Partido Colorado, sin su consentimiento.
“Se observa en definitiva que los mismos no han presentado documento alguno relacionado a la voluntariedad del accionante de formar parte de dicha asociación política, ya que lo único presentado por la demandada es una constancia de afiliación, no así un documento cierto donde conste que el accionante tiene la intención inequívoca de afiliarse al Partido Colorado.
Que el representante de la ANR, manifestó que la desafiliación es un sencillo y mero acto administrativo que el recurrente no ha realizado, y en ese punto debemos acotar que la afiliación del accionante, fue realizada sin su conocimiento y consentimiento, por 1o que mal podría la misma realizar los trámites que cita el representante de la ANR, ya que dicha afiliación fue realizada irregularmente, y si el mismo acudía a pedir su desafiliación, estaría consintiendo el acto viciado”, sostiene el Tribunal de Apelación.
Para el Tribunal de Alzada corresponde revocar el fallo recurrido y en consecuencia hacer lugar a la presente acción de habeas data promovido por Norma Edith Miret Galeano en representación de Eusebio Rodrigo Ayala Miret contra la Asociación Nacional Republicana (partido colorado) y ordenar a la demandada la rectificación de los datos obrantes en su archivo debiendo excluir y/o suprimir todo registro que obren en sus archivos con relación a Rodrigo Ayala Miret.





