Cámara ratifica improcedencia de amparo de frentistas del tren de cercanías

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Bibiana Benítez, Delio Vera Navarro y José Agustín Fernández

El Tribunal de Apelación Penal, Segunda Sala de Capital, confirmó el rechazo del amparo constitucional promovido por los frentistas del proyecto de tren de cercanías.

Los mismos habían accionado ante el peligro de ser despojados de sus propiedades ubicadas en la franja de dominio, luego de algunas declaraciones a medios de prensa por parte del titular de Fepasa y la ministra del MOPC.

Los camaristas Delio Vera, José Agustín Fernández y Bibiana Benítez consideraron que la demanda no debió prosperar ante «su notoria improcedencia» y ratificaron la resolución dictada en fecha 31 de enero del corriente año por la Juez Cynthia Lovera. La acción de la Procuraduría General de la República (CGR) logró revertir la situación respecto a las costas, que finalmente fue impuesta a la parte perdidosa.

Para los magistrados no se dan las condiciones para un amparo constitucional teniendo en cuenta que no existe ningún tipo de actos de las autoridades, ya que se trató de declaraciones publicadas en distintos medios de comunicación del país. Además de ello, se tiene en cuenta que los accionantes atacan lo que se conoce como el tren de cercanías y un amparo no puede ser promovido contra las leyes.

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