Cámara revocó absolución de Díaz Verón y su esposa y ordena nuevo juicio

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Javier Díaz Verón y María Selva Morínigo

Tribunal de Apelación anuló la absolución del exfiscal general del Estado, Javier Díaz Verón y su esposa, María Selva Morínigo, acusados por enriquecimiento ilícito y lavado de dinero. Se ordenó el reenvío para un nuevo juicio oral y público. La Alzada consideró que el fallo absolutorio incurrió en vicios de motivación, falta de fundamentación y errónea valoración de pruebas, por lo que ordenó la repetición del juicio oral y público.

La sentencia anulada había sido dictada por un Tribunal de Sentencia que, según la Cámara, omitió el análisis integral de las pruebas producidas durante el juicio, en especial los informes periciales y documentales que sustentaban la acusación del Ministerio Público. Los camaristas señalaron que el fallo “carece de una correcta exposición lógica de los hechos” y que no se refirió de manera adecuada a elementos centrales de la causa.

Entre los aspectos más cuestionados se encuentra la forma en que el tribunal de primera instancia descartó los peritajes contables y patrimoniales presentados por el Ministerio Público, sin un contraperitaje válido que los desvirtúe. La Cámara indicó que los magistrados valoraron selectivamente las pruebas y que su decisión final no respondió a los principios de “razonabilidad ni coherencia jurídica”.

El Ministerio Público había apelado la absolución argumentando que la sentencia no explicó adecuadamente cómo se justificaron los bienes y activos acumulados por la pareja, en especial en relación con ingresos no declarados y adquisiciones que no se correspondían con su nivel económico declarado. La Cámara dio la razón al Ministerio Público en varios de sus planteamientos, remarcando que no se respetó el estándar probatorio exigido en delitos de contenido económico.

Asimismo, el tribunal de apelación resaltó que la resolución absolutoria omitió examinar en profundidad la participación de María Selva Morínigo en operaciones financieras y societarias que, según la acusación, podrían ser indicativas de maniobras de lavado de activos. Al no existir una fundamentación convincente sobre su desvinculación de los hechos, la Cámara sostuvo que corresponde reabrir el juicio.

El nuevo juicio deberá realizarse ante un tribunal distinto, conforme al principio de objetividad. La resolución establece que, en esta nueva etapa, se deben analizar todas las pruebas producidas anteriormente y las que puedan ser incorporadas nuevamente, respetando las garantías procesales de las partes, pero con una valoración completa, imparcial y motivada de los hechos.

Con esta decisión, Díaz Verón y su esposa enfrentan nuevamente la posibilidad de ser condenados por hechos que, según la acusación, reflejan un incremento patrimonial no justificado durante la gestión del exfiscal general.