En un fallo reciente, el Tribunal de Apelaciones integrado por Antonio Insaurralde, Eren Giménez y Marta Acosta Insfrán ha declarado admisible el recurso de apelación interpuesto por la defensa del abogado Walter Ramón Acosta, revocando así la medida cautelar de detención preventiva que pesaba sobre él.
Walter Ramón Acosta se encuentra involucrado en un proceso judicial por la presunta comisión del hecho punible de coacción y otros delitos. La defensa había solicitado la eximición de la medida cautelar de detención preventiva, argumentando que Acosta se había presentado voluntariamente ante el juzgado y había designado defensores antes de que se dictara la orden de rebeldía en su contra. La fiscalía había ordenado su detención el 19 de marzo del 2025, pero la defensa sostiene que esta medida no fue efectivizada y que Acosta tiene arraigo y una ocupación definida en la sociedad.
En primer lugar, señalaron que la Fiscalía había ordenado la detención sin ofrecerle la oportunidad de un descargo. Además, argumentaron que la detención preventiva no era necesaria, ya que Acosta había demostrado su disposición a someterse al proceso judicial. La defensa también destacó que la imputación se refería a hechos punibles con una pena escasa, lo que hacía aún más cuestionable la necesidad de una medida tan drástica.
El juez de garantías, Bernardo Silva, había rechazado la solicitud de eximición, argumentando que la detención era necesaria para asegurar la presencia del imputado en el proceso. Sin embargo, la defensa argumentó que la falta de requerimiento fiscal para la aplicación de medidas cautelares y la naturaleza de los hechos imputados justificaban la revocación de la medida.
El Tribunal de Apelaciones, al estudiar el recurso, concluyó que se cumplieron los requisitos establecidos en el Código Procesal Penal (CPP) para la eximición de la medida cautelar. En su resolución la Alzada subrayó que la falta de fundamento en la decisión del juez de primera instancia era un agravio que debía ser considerado.
Recordemos que la fiscal Rocío Celeste González imputó al abogado Walter Ramón Acosta (49) por los hechos punibles de coacción, coacción grave y resistencia, luego de que presuntamente agrediera a funcionarios del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) durante una fiscalización en una estación de servicios ubicada en Tavapy, Santa Rita.