Camarista dice que sentencia de una víctima de RGD tenía defectos y correspondía la absolución

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Sobre el caso de la señora Etelvina Alcaraz Sosa, que en primera instancia fue condenada a 3 años de prisión por estafa, tras ser denunciada por Ramón González Daher y que ayer el Tribunal de Apelación revocó dicha resolución, uno de los miembros del mencionado colegiado, Emiliano Rolón mencionó que junto a sus colegas coincidieron en que la sentencia tiene un defecto esencial, que básicamente se trataba de una restricción prudencial, que de alguna forma se pretendió sancionar vía jurisdicción penal.

 

 

Para el camarista el caso no reúne los presupuestos que configuren el hecho punible de estafa y que correspondía la absolución.

 

 

Rolón había votado por la absolución directa de la señora, mientras sus colegas Arnulfo Arias y Arnaldo Fleitas, votaron por la realización de un nuevo juicio.

 

 

Etelvina Alcaraz Sosa había sido condenada a tres años de cárcel por estafa en el año 2017 quien había sido denunciada por el empresario Ramón González Daher y cuatro años después, un Tribunal de Apelación revocó dicha resolución en primera instancia.

 

 

Según la acusación, Etelvina había acudido a la oficina del empresario solicitándole el descuento de un cheque diferido por G. 10.000.000. El pago debía realizarse el 17 de octubre del año 2011. Ramón González Daher había depositado el cheque en el banco, pero el mismo fue rechazado por estar inhabilitado. Lo mismo había sucedido en reiteradas ocasiones, pero González Daher nunca había dicho nada.

 

 

El Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Víctor Hugo Alfieri Duria (presidente), María Luz Martínez Vázquez y Elio Rubén Ovelar Frutos, había condenado a la mujer, quien siguió con sus medidas alternativas, ya que la sentencia aún no estaba firme. La fiscal del caso era María Abed.

 

 

Ahora Alcaraz Sosa deberá soportar un nuevo juicio oral con nuevo Tribunal de Sentencia.