Según abogado Camarista resolvió su propia recusación

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Abogado Federico Thompson

El abogado Federico Thompson habló con PDS Radio y Tv Digital acerca del caso de la Camarista de Central María Eugenia Giménez de Allen a quien han acusado ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) por mal desempeño en sus funciones. Al respecto, explicó que la misma debía inhibirse de la abogada Mercedes Brítez de Buzó y no lo hizo, motivo por el cual fue recusada. Ante esta recusación, la Camarista resolvió su propia recusación y se confirmó como miembro del Tribunal de Apelaciones.

“Lejos de apartarse del caso, habiendo sido recusada y existiendo causal de excusación, la cual es pública y se encuentra pegada en la ventanilla de su despacho, la misma se encargó de resolver su propia recusación, cancelando la personería de la Dra. Brítez de Buzó y remitiendo los antecedentes a la Superintendencia de la Corte” agregó el abogado.

Lista de abogados con causal de excusación

Comentó que el argumento dado por la Camarista fue que la abogada Mercedes Brítez incurrió en una inconducta procesal, actuando de manera temeraria. La misma manifiesta en su resolución que la abogada Buzó tomó intervención con la sola intención de apartarla del juicio, lo que según el abogado resulta improcedente debido a que la abogada tomó intervención el 20 de octubre del año 2022 y la Dra. María Eugenia decidió integrar la sala el 15 de noviembre, casi un mes después.

Ante esta situación, presentaron una acusación ante el JEM basándose en tres normas incumplidas por María Eugenia de Allen, que son la de incumplir de forma grave o reiterada las obligaciones y garantías; mostrar manifiesta parcialidad o ignorancia de las leyes y abstenerse de su excusación en un juicio de investigación a sabiendas de que se haya comprometido en algunas de las causales previstas por la ley, siempre que ello de resulte grave perjuicio o que dicha actitud menoscabe ostensiblemente su investidura.

“Acá la única que incurrió en un mal desempeño en sus funciones fue la Camarista María Eugenia Giménez de Allen, ya que la misma debía excusarse y decidió seguir tomando intervención además de resolver su propia recusación, situación que el Código no permite” comentó.

Resolución de la recusación firmada por la Camarista María Eugenia Giménez de Allen

Se trata de un caso de usucapión caratulado “Irma Concepción Rojas c/ Myrta Bareiro Salas y otros s/ usucapión” iniciado en el año 2016. El juicio fue ganado en primera instancia mediante la sentencia definitiva n° 144 del 18 de febrero del año 2022. Sin embargo, dicha resolución fue apelada y la causa cayó en manos del Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial Primera Sala de Central, el cual integró de manera irregular la Camarista Giménez de Allen.

“El Tribunal revocó la resolución de primera instancia y no hacen lugar a la usucapión en diciembre del año 2022, de lo que no pudimos tener conocimiento porque la conformación del Tribunal nunca nos fue notificada. La participación de Allen fue determinante para la causa” manifestó el abogado.

Camarista María Eugenia Giménez de Allen

Explicó que hay dos motivos por los cuales la Camarista se excusa de la abogada Brítez de Buzó; uno es por enemistad, odio o resentimiento que resulte de un hecho conocido, sin embargo, aparentemente en esta causa dicha enemistad desapareció para Allen. La acusación ante el JEM fue presentada en junio de este año.

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