Candidatos que no presentaron sus declaraciones juradas no serán descalificados, pero deberán pagar una multa de G. 25 millones

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Consultado sobre cuál es la sanción que el Tribunal Superior de Justicia Electoral aplicará a los candidatos que no presentaron su declaración jurada, el asesor Luis Alberto Mauro indicó que actualmente se encuentran en la etapa de verificación de todas las documentaciones. Aclaró que aunque el candidato no haya cumplido con la obligación, no podrá ser descalificado en su postulación atendiendo a que la ley no les autoriza a ello, pero sí les permite cobrar una multa de G. 25 millones.

Resaltó que el candidato debe pagar si o si la multa porque no hay una exoneración, atendiendo a que es un compromiso que asume y por ende debe cumplir, no hay alternativa, expresó.

Respecto al cumplimiento de la ley que transparenta el financiamiento, indicó que tiene un resultado bastante positivo, ya que el 90% de candidatos cumplieron con lo estipulado en la ley, y que ayuda a la formalidad en el país, atendiendo a que el Paraguay reina la informalidad, principalmente en el interior del país.

Comentó que a raíz de la pandemia la cantidad de electores que sufragaron en las internas partidarias realizadas en el mes de junio se redujo bastante, acotando el Partido Liberal Radical Auténtico tuvo una participación de solo el 31% y el Partido Colorado del 44% y que para las elecciones generales del próximo 10 de octubre el escenario es diferente.

Por otro lado aclaró que si se llega a promulgar la ley que pretende multar al ciudadano que no ejerza su deber u obligación de elector, la misma regiría recién el año 2023, para las elecciones presidenciales y no así para las elecciones municipales del mes de octubre.

Por último agregó que en el TSJE no están contra de lo que plantea el proyecto de ley, respecto a que se cobre una multa al elector por no sufragar, atendiendo a que es una práctica común vigente en varios países, y que su aprobación e implementación no sería inconstitucional atendiendo a que en la Carta Magna señala que el voto es un deber y en el Código Electoral es una obligación.