El Juez Humberto Otazú decretó el sobreseimiento provisional para todos los procesados en el caso Conajzar. Al respecto, el abogado Rodrigo Yódice, representante convencional de Raúl Silva, manifestó que el magistrado decidió no hacer lugar al pedido de sobreseimiento definitivo que habían planteado con relación a la porción fáctica respecto al delito de exacción.
“Sin embargo, hizo lugar al sobreseimiento provisional que hemos planteado por vía incidental, al cual se ha allanado el representante del Ministerio Público. cabe aclarar que idéntica situación ha sido adoptada respecto a las demás personas vinculadas al caso” agregó el abogado.
Explicó que cuando se formuló el acta de imputación contra el señor Raúl Silva Busto, la defensa había planteado una materia recursiva contra la mencionada acta, ya que no había una especificación de los hechos atribuidos a su defendido. Se hizo lugar a la reposición, en segunda instancia, por lo que la Fiscalía se vio obligada a rectificar la imputación, lo que provocó que se abriera un proceso penal con plazos diferentes para Silva, dentro del mismo proceso.
Según el abogado, la acusación es completamente contradictoria incluso con la postura de la Fiscalía General del Estado, en términos del sobreseimiento provisional formulado para los demás procesados. Aseguró que, finalmente, la línea de la Fiscalía es requerir la desvinculación provisoria porque, en el caso de Raúl Silva, solo se le atribuyen cuestiones relacionadas a la concesión de la quiniela y lo relacionado a la disminución del canon que tenían que abonar los concesionarios.
Señaló que, el día de ayer la Fiscalía había ratificado los términos de la acusación, pero la Fiscalía no puede incurrir en contradicciones fundamentales y principios rectores que hacen al Ministerio Público, como los de objetividad y unidad de actuación, mucho menos vulnerar un principio de naturaleza constitucional como lo es el de igualdad de acceso a la ley y la justicia.
“Entonces, si para las personas que estuvieron realmente vinculadas al proceso de evaluación de ofertas y de adjudicación de contratos de la quiniela, se requirió el sobreseimiento provisional, es evidente que para quien solamente estuvo en una etapa de ideación y preparación de estos actos, jamás podría haberse discutido esta causa en juicio oral y público y es lo que entendió el Juez Penal de Garantías”