El juez Rodrigo Estigarribia dio cumplimiento al fallo de la Cámara de Apelación y ordenó el sobreseimiento definitivo de Álvaro Wasmosy, vicepresidente de TDP S.A que estuvo procesado en la causa que investigó supuestas irregularidades en la CONAJZAR durante la administración del extitular José Antonio Ortiz Báez. El sobreseimiento es producto de irregularidades en la investigación del Ministerio Público y por la falta de control del juzgado.
La resolución da cumplimiento a lo ordenado por la Cámara de Apelaciones Segunda Sala en su A.I. Nº 335 de fecha 29 de noviembre del año 2023, que había anulado parcialmente la decisión anterior del Juzgado de Primera Instancia que otorgó un sobreseimiento provisional. El Tribunal de Alzada había señalado que el órgano acusador no fundamentó adecuadamente su pedido y que no correspondía otorgar plazos adicionales para diligencias que habían sido posibles durante la etapa de investigación.
El fallo de la Cámara remarcó que el sobreseimiento provisional no puede ser utilizado como herramienta para subsanar deficiencias del Ministerio Público ni para prolongar indebidamente el proceso penal, trasladando al imputado las consecuencias de la inactividad fiscal. Además, citó expresamente que, al no existir posibilidad razonable de incorporar nuevos elementos de prueba, se imponía el sobreseimiento definitivo conforme al art. 359, inciso 2, del Código Procesal Penal (CPP).
En sus presentaciones de diciembre del 2023 y septiembre del 2025, la defensa de Wasmosy Carrasco insistió en que la Fiscalía Adjunta, representada por la agente Nancy Salomón, no había cumplido con la carga procesal de justificar las diligencias pendientes y que el Tribunal de Apelaciones ya había determinado la nulidad del sobreseimiento provisional.
La resolución dictada ahora por el Juzgado Especializado a cargo de Rodrigo Estigarribia levanta todas las medidas cautelares impuestas a Wasmosy Carrasco y declara expresamente que la presente causa no afecta su buen nombre ni honor. Esta decisión queda firme, al no haberse interpuesto recurso extraordinario de casación por parte del Ministerio Público.
El pronunciamiento también se alinea con la Corte Suprema de Justicia, que en su A.I. Nº 947 del 31 de julio del 2024, dictado en el marco del mismo proceso, había señalado que la nulidad de la resolución anterior hacía inevitable que se declare el sobreseimiento definitivo para evitar un trámite sin sentido que prolongara indebidamente la causa.
Con este fallo, el proceso penal iniciado contra Wasmosy Carrasco por presunta declaración falsa queda cerrado en forma definitiva a causa de las irregularidades cometidas por el Ministerio Público.







