Caso Conajzar: “Se están direccionando las imputaciones hacía los enemigos comerciales»

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Sobre la acusación contra los representantes de la Conajzar por lesión de confianza y otros, José Fernández Zacur, abogado del también acusado, vicepresidente de la empresa TDP, Álvaro Wasmosy, mencionó que todo está direccionado por el Ministerio Público y le sorprende el uso del aparato fiscal como “garrote” al servicio de intereses comerciales.

 

 

Mencionó que tanto la imputación como la acusación son un conjunto de cuestiones que ya han sido debatidas y resueltas en el ámbito natural administrativo. Comentó que las resoluciones de la Conajzar con respecto a este tema fueron revalidadas por el propio Presidente de la República, por lo que, si sus miembros cometían un delito con relación a la quiniela, significa que el mandatario también.

 

 

“O algo no estamos leyendo bien, o estamos direccionando las imputaciones hacia los enemigos comerciales o políticos ocasionales. Realmente asusta de sobremanera lo que está pasando” manifestó el abogado.

 

 

Mencionó que si alguien lee el tenor de la imputación y la acusación presentada presurosamente antes del plazo y lo matchea con las cuestiones que fueron debatidas en el proceso administrativo se nota una plena coincidencia, por lo que se tiene el legítimo derecho a la sospecha. Con relación a Wasmosy dijo que la construcción típica es totalmente fuera de lugar.

 

 

Explicó que la empresa TDP presentó como persona jurídica la constancia de no adeudar al fisco, firmada por la contadora de la empresa, sin embargo, el acusado por el hecho punible declaración falsa es el vicepresidente de la misma, Álvaro Wasmosy. El motivo de dicha acusación es el haber otorgado un poder para que la contadora y el abogado de la empresa presenten los documentos licitatorios con respecto a las reglas de la quiniela.

 

 

“Si la empresa TDP cuenta con una deuda impositiva, es una cuestión que debe resolver con la autoridad tributaria. Lo cierto y lo concreto es que, para el momento de presentación de la oferta, la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) aún no había dictado el acto administrativo a través del cual podía realizar un reclamo a la empresa en cuestión”, sostiene el abogado.

 

 

Por otro lado, sostuvo que están las reglas del juego de la licitación, cuando se firma la declaración de no adeudar impuestos, en el contenido debe estar remitido al certificado de cumplimiento tributario que también emite la SET, no solamente por expresa disposición de la ley tributaria, sino también por una aclaración concreta que formula la convocante cuando se le consulta en base a qué se debe llenar el formulario que utiliza la Fiscalía para imputar y posteriormente acusar al señor Wasmosy.

 

 

En la hipótesis de la fiscalía, la empresa TDP afirma bajo declaración jurada que no tiene deudas fiscales cuando si las tiene. Explicó que la falsedad o la veracidad de cualquier cuestión no son valores absolutos, sino que son circunscriptos a cierto contexto jurídico o a cierto contexto empírico. En el caso de la licitación en particular, la declaración que hizo TDP, necesariamente tenía que estar remitida al contenido del certificado de cumplimiento tributario que presentó.

 

 

“Le atribuyen a Álvaro ser autor, pero si no fue él el que presentó y firmó la declaración en qué carácter le están imputando? Y la fiscalía no me dice, y si no me dicen difícilmente pueda yo construir argumentos técnicos para poder agregar mayor solvencia a la defensa técnica” dijo el abogado.