Caso COPACO: juzgado ordena reclusión de imputados por lesión de confianza

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Juez Humberto Otazú

El juez de garantías de feria, Humberto Otazú, ordenó la prisión preventiva de Osmar Cañete Roa, exgerente administrativo financiero de COPACO y de Roque Alberto Damián Valdez Centurión, del Departamento de Tesorería, imputados por presunto desvío de Gs. 1.100 millones de la entidad.

La resolución se sustenta en la imputación formulada por las agentes fiscales Laura Giacummo y Belinda Bobadilla, quienes atribuyen a Cañete Roa la supuesta comisión de los hechos punibles de lesión de confianza, instigación de alteración de datos y producción de documento no auténtico, en carácter de autor. En tanto, a Valdez Centurión se le imputa el hecho de lesión de confianza en carácter de cómplice.

De acuerdo con los antecedentes expuestos en la resolución, los imputados se desempeñaban como Gerente Administrativo Financiero y Jefe del Departamento de Tesorería de la Compañía Paraguaya de Comunicaciones S.A. (COPACO), respectivamente. Según la imputación fiscal, habrían simulado pagos a proveedores autorizados mediante transferencias realizadas a través del sistema SIPAP, redirigiendo parte de los fondos a cuentas personales de los involucrados y de terceros, aprovechando el acceso que detentaban por razón de sus cargos.

Durante la audiencia realizada este 30 de enero, con presencia del Ministerio Público, las defensas técnicas y representantes de COPACO S.A. en carácter de víctima, la magistratura analizó los presupuestos legales exigidos para la aplicación de la prisión preventiva, conforme a los artículos 242, 243 y 244 del Código Procesal Penal.

El juzgado consideró acreditada, en esta etapa preliminar, la existencia de hechos punibles graves, la probable participación de los imputados y la concurrencia de peligro de fuga y de obstrucción de la investigación. En ese sentido, se valoró la expectativa de una pena elevada, el perjuicio económico causado y la posibilidad de interferencia en actos investigativos aún pendientes.

Asimismo, la resolución destaca que existirían riesgos concretos de que los imputados influyan sobre testigos, peritos o elementos de prueba, atendiendo a que habrían tenido acceso a sistemas informáticos y registros institucionales, e incluso se menciona una presunta conducta orientada a la eliminación de evidencias del sistema SAF.

En consecuencia, el Juzgado resolvió calificar provisoriamente las conductas atribuidas, conforme a los tipos penales invocados por el Ministerio Público y decretar la prisión preventiva de ambos procesados, quienes deberán guardar reclusión en establecimientos penitenciarios que designe el Ministerio de Justicia, quedando a disposición del juzgado interviniente.