Caso DETAVE: tras procedimiento abreviado condenan a dos procesados

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Juez Rodrigo Estigarribia

Adalberto Figueredo Vázquez y Jorge Antonio Céspedes Zarza, implicados en un esquema de cohecho pasivo agravado en la Dirección Nacional de Aduanas (DNA), liderado por el coordinador operativo Ramón Ernesto Benítez Amarilla, recibieron una condena de dos años de pena privativa de libertad, con la suspensión a prueba de la ejecución de la condena por el mismo plazo. La decisión fue tomada por el Juez Rodrigo Estigarribia.

La decisión fue tomada tras la admisión de un procedimiento abreviado solicitado por la defensa de ambos acusados, al cual se allanó el Ministerio Público. Según los antecedentes, Ramón Benítez, quien fuera coordinador de la Coordinación Operativa de Investigación Aduanera (COIA), lideró una red de funcionarios que solicitaban y percibían sumas de dinero a cambio de permitir el paso de mercaderías que no cumplían con las exigencias legales.

Jorge Antonio Céspedes Zarza, efectivo de la Policía Nacional comisionado a la DNA, actuaba como custodio de Benítez y realizaba seguimientos y vigilancias de transportadoras que realizaban aportes económicos a la estructura. Adalberto Figueredo Vázquez, por su parte, tenía a su cargo detectar a los contrabandistas e informar a su hermano Porfirio Figueredo.

El Juzgado admitió la aplicación del procedimiento abreviado tras constatar que se cumplían los requisitos establecidos en el artículo 420 del Código Procesal Penal (CPP), incluyendo que el hecho punible tiene una pena máxima inferior a cinco años, que los imputados admitieron el hecho y consintieron a la aplicación de este procedimiento y que los defensores acreditaron que el consentimiento fue prestado libremente. Como parte de las condiciones para la suspensión de la condena, Adalberto Figueredo Vázquez deberá pagar Gs. 15.000.000 al Servicio de nefrología infantil del Hospital Nacional de Itauguá, mientras que Jorge Antonio Céspedes Zarza deberá abonar la misma suma a la Parroquia Santísima Cruz de Capiatá. Además, ambos deberán comunicar cualquier cambio de domicilio al Juzgado de Ejecución, tienen prohibido salir del país sin autorización judicial y deberán comparecer trimestralmente ante el Juzgado de Ejecución para firmar el libro de comparecencias. Todas las medidas cautelares impuestas a ambos acusados fueron levantadas.

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