La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) no admitió la casación que planteó el Fiscal Federico Delfino contra la resolución que confirmó la calificación provisoria de extorsión para el abogado Farid Gustavo González, quien había sido imputado también por tráfico de influencias.
En su voto, el Dr. Manuel Ramírez Candia explicó que corresponde declarar la inadmisibilidad del recurso planteado por el agente fiscal porque no cumple con todos los requisitos previstos en la ley para su admisibilidad, ya que, si bien el recurso fue presentado contra un A.I dictado por el Tribunal de Apelaciones, dicho A.I no pone fin al procedimiento, ya que el Tribunal solo confirmó la resolución del Juzgado Penal de Garantías que resolvió calificar provisoriamente la conducta de Farid González y la calificación puede ser modificada en cualquier momento del proceso.
Por su parte, la Ministra Carolina Llanes refirió que la presentación recursiva no se adecua a las exigencias formales puesto que la resolución impugnada no trata ni resuelve el fondo del caso así como tampoco se funda en sobreseimientos definitivos relacionados a elementos probatorios decisivos sobre la existencia del hecho o la participación y/o vinculados a la perentoriedad de los plazos o de la etapa, etc. A esto, se adhirió el Dr. Luis María Benítez Riera.