Caso Mocipar: confirman a jueza y dan luz verde para preliminar

156

El Tribunal de Apelación en lo Penal, Segunda Sala, confirmó a la jueza Penal de Garantías Alicia Pedrozo y dio vía libre para la audiencia preliminar para los exdirectivos de Mocipar, Fernando Román Fernández y Orlando Benítez Barboza, acusados por estafar a sus clientes de la empresa.

 

 

Los camaristas rechazaron la recusación contra la magistrada, cuya presentación se planteó 20 minutos antes de la hora fijada en la última convocatoria.

 

 

Román y Benítez están acusados por los hechos punibles de estafa, producción de documentos públicos de contenido falso y uso de documentos públicos de contenido falso.

 

 

Desde el 20 de abril que se viene suspendiendo dicha diligencia, en su mayoría por parte de la defensa, tras la reapertura solicitada por la fiscal Esmilda Álvarez.

 

 

Álvarez había presentado acusación por estafa, producción mediata de documentos públicos de contenido falso y uso de documentos públicos de contenido falso en contra de Fernando Román Fernández, mientras que Benítez Barboza por estafa.

 

 

En marzo del 2021, ambos exdirectivos de la firma Mocipar fueron sobreseídos de manera provisional, sin embargo, el 14 de marzo pasado, la fiscal Álvarez pidió la reapertura de la causa y acusó a los nombrados.

 

 

La agente del Ministerio Público señaló en su requerimiento conclusivo que, conforme a las documentaciones obrantes en la carpeta fiscal, el imputado Fernando Román Fernández, con su conducta indujo al error por medio de promociones engañosas a varias personas a fin de que los mismos dispongan de parte de su patrimonio, causándole así un perjuicio económico a las mismas y que tales acciones fueron ejecutadas en connivencia con el procesado Orlando Isidoro Benítez Barboza.

 

 

Mencionó que, como resultado de los hechos descriptos, los acusados obtuvieron un beneficio patrimonial indebido, como así también, causaron un perjuicio a las víctimas a través de la utilización de documentos de contenido falso, como así también, adulterando datos consignados en los documentos para lo cual los mismos, previo acuerdo, actuaron con funciones determinadas a cada uno de ellos, organizados para el efecto y en forma continuada.

 

 

Es así que una vez analizadas las circunstancias expuestas, el Ministerio Público, se halla en la plena convicción de que la presente causa reúne los presupuestos formales y sustanciales para fundamentar seriamente una acusación. La Fiscalía ha evaluado en su justo equilibrio las diligencias propias para formular una pretensión punitiva, asimismo, se dejaron constancias falsas en las documentaciones y escrituras públicas con relevancia en las relaciones jurídicas, todo ello con el fin de obtener un beneficio patrimonial indebido.

 

 

Hace además referencia a las declaraciones testimoniales de las víctimas que comparecieron ante el Ministerio Público, ocasión en que contaron detalladamente el esquema de engaño utilizado por la firma y la forma en la que ingresaron al sistema de aportes del Grupo Mocipar.

 

 

La fiscalía cuenta con las pruebas documentales relacionados al hecho, como copia autenticada de contratos, renovación de planes y rescisión de los mismos.

 

 

La existencia de los hechos precedentemente relatados, se demuestran con los elementos probatorios y datos recabados durante el desarrollo de la investigación. Es así que, en cuanto a los hechos punibles de estafa, producción mediata de documentos públicos de contenido falso y uso de documentos públicos de contenido falso y la participación del acusado Fernando Román Fernández, como así también del hecho punible de estafa, y la participación del acusado Orlando Isidoro Benítez Barboza, han quedado demostrados conforme a las declaraciones testificales, como a las documentales, sostiene el Ministerio Público.